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Wednesday, May 24, 2006

ACUERDO DE COOPERACION DEL ESTADO ESPAÑOL CON LA COMISION ISLAMICA DE ESPAÑA (aprobado por la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, B.O.E. de 12 de noviembre)

EXPOSICION DE MOTIVOS
La Constitución española de 1978, al configurar un Estado democrático y pluralista, ha supuesto un profundo cambio en la tradicional actitud del Estado ante el hecho religioso, consagrando como fundamentales los derechos de igualdad y libertad religiosa, cuyo ejercicio garantiza con la mayor amplitud permitida por las exigencias derivadas del mantenimiento del orden público protegido por la Ley y por el respeto debido a los derechos fundamentales de los demás.
Estos derechos, concebidos originariamente como derechos individuales de los ciudadanos, alcanzan también, por derivación, a las Comunidades o Confesiones en que aquéllos se integran para el cumplimiento comunitario de sus fines religiosos, sin necesidad de autorización previa, ni de su inscripción en ningún registro publico.
Desde el respeto más profundo a estos principios, el Estado, también por imperativo constitucional, viene obligado, en la medida en que las creencias religiosas de la sociedad española lo demanden, al mantenimiento de relaciones de cooperación con las diferentes Confesiones o Comunidades religiosas, pudiendo hacerlo en formas diversas con las Confesiones inscritas en el Registro de Entidades Religiosas.
La Ley Orgánica de Libertad Religiosa establece la posibilidad de que el Estado concrete su cooperación con las Confesiones o Comunidades religiosas, mediante la adopción de Acuerdos o Convenios de Cooperación, cuando aquéllas, debidamente inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, hayan alcanzado en la sociedad española, además, un arraigo que, por el número de sus creyentes y por la extensión de su credo, resulte evidente o notorio. En este caso se encuentra la religión islámica, de tradición secular en nuestro país, con relevante importancia en la formación de la identidad española, representada por distintas Comunidades de dicha confesión, inscritas en el Registro de Entidades Religiosas e integradas en alguna de las dos Federaciones igualmente inscritas, denominadas Federación Española de Entidades Religiosas Islámicas y Unión de Comunidades Islámicas de España, que, a su vez, han constituido una entidad religiosa inscrita con la denominación de "Comisión Islámica de España", como órgano representativo del Islam en España ante el Estado para la negociación, firma y seguimiento de los Acuerdos adoptados.
Dando respuesta a los deseos formulados por ambas Federaciones, expresión de la voluntad de los musulmanes españoles, y tras las oportunas negociaciones, se llegó a la conclusión del presente Acuerdo de Cooperación, en el que se abordan asuntos de gran importancia para los ciudadanos de religión islámica: Estatuto de los dirigentes religiosos islámicos e Imames, con determinación de los específicos derechos que se derivan del ejercicio de su función religiosa, situación personal en ámbitos de tanta importancia como la Seguridad Social y forma de cumplimiento de sus deberes militares; protección jurídica de las mezquitas de culto; atribución de efectos civiles al matrimonio celebrado según el rito religioso islámico; asistencia religiosa en centros o establecimientos públicos; enseñanza religiosa islámica en los centros docentes; beneficios fiscales aplicables a determinados bienes y actividades de las Comunidades pertenecientes a las Federaciones que constituyen la "Comisión Islámica de España", conmemoración de festividades religiosas islámicas y, finalmente, colaboración del Estado con la expresada Comisión en orden a la conservación y fomento del Patrimonio Histórico y Artístico Islámico.
En la negociación del presente Acuerdo, se ha procurado siempre tener el más escrupuloso respeto a la voluntad negociadora de los interlocutores religiosos, como la mejor expresión de los contenidos doctrinales específicos del credo religioso islámico y de las peculiares exigencias de conciencia que de ellos se derivan, para hacer posible que sea real y efectivo el ejercicio del derecho de libertad religiosa de los creyentes musulmanes.

Artículo 1.
Los derechos y obligaciones que se deriven de la Ley por la que se apruebe el presente Acuerdo serán de aplicación a las Comunidades Islámicas inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, que formen parte o posteriormente se incorporen a la "Comisión Islámica de España" o a alguna de las Federaciones Islámicas inscritas integradas en dicha Comisión, mientras su pertenencia a las mismas figure inscrita en dicho Registro.
La incorporación de las Comunidades y Federaciones Islámicas a la "Comisión Islámica de España", a los efectos de su constancia en el Registro de Entidades Religiosas, se acreditará mediante certificación expedida por los representantes legales correspondientes, con la conformidad de la referida Comisión. La anotación en el Registro de su baja o exclusión se practicará a instancia de la entidad interesada o de la "Comisión Islámica de España".
La certificación de fines religiosos que exige el Real Decreto 142/1981, de 9 de enero, para la inscripción de las entidades asociativas religiosas que se constituyan como tales, de acuerdo al ordenamiento de las Comunidades Islámicas, podrá ser expedida por la Federación a que pertenezcan, con la conformidad de la "Comisión Islámica de España", o por ésta si no formaran parte de ninguna Federación.
Artículo 2.
A todos los efectos legales, son Mezquitas o lugares de culto de las Comunidades islámicas pertenecientes a la "Comisión Islámica de España", los edificios o locales destinados de forma exclusiva a la práctica habitual de la oración, formación o asistencia religiosa islámica, cuando así se certifique por la Comunidad respectiva, con la conformidad de dicha Comisión.
Los lugares de culto de las Comunidades Islámicas miembros de la "Comisión Islámica de España" gozan de inviolabilidad en los términos establecidos por las Leyes. En caso de expropiación forzosa deberá ser oída previamente la "Comisión Islámica de España", y no podrán ser demolidos sin ser previamente privados de su carácter sagrado, con excepción de los casos provistos en las Leyes, por razones de urgencia o peligro. También quedarán exceptuados de la ocupación temporal e imposición de servidumbres en los términos previstos en el artículo 119 de la Ley de Expropiación Forzosa.
El Estado respeta y protege la inviolabilidad de los archivos y demás documentos pertenecientes a la "Comisión Islámica de España", así como a sus Comunidades miembros.
Los lugares de culto podrán ser objeto de anotación en el Registro de Entidades Religiosas.
Los cementerios islámicos gozarán de los beneficios legales que establece el número 2 de este mismo artículo para los lugares de culto.
Se reconoce a las Comunidades Islámicas, pertenecientes a la "Comisión Islámica de España", el derecho a la concesión de parcelas reservadas para los enterramientos islámicos en los cementerios municipales, así como el derecho a poseer cementerios islámicos propios. Se adoptarán las medidas oportunas para la observancia de las reglas tradicionales islámicas, relativas a inhumaciones, sepulturas y ritos funerarios que se realizarán con intervención de la Comunidad Islámica local. Se reconoce el derecho a trasladar a los cementerios pertenecientes a las Comunidades Islámicas los cuerpos de los difuntos musulmanes, tanto los actualmente inhumados en cementerios municipales como los de aquéllos cuyo fallecimiento se produzca en localidad en la que no exista cementerio islámico, con sujeción a lo dispuesto en la legislación de régimen local y de sanidad.

Artículo 3.
A los efectos legales, son dirigentes religiosos islámicos e Imames de las Comunidades Islámicas las personas físicas dedicadas, con carácter estable, a la dirección de las Comunidades a que se refiere el artículo 1 del presente Acuerdo, a la dirección de la oración, formación y asistencia religiosa islámica y acrediten el cumplimiento de estos requisitos mediante certificación expedida por la Comunidad a que pertenezcan, con la conformidad de la "Comisión Islámica de España".
En ningún caso las personas expresadas en el número anterior estarán obligadas a declarar sobre hechos que les hayan sido revelados en el ejercicio de sus funciones de culto o de asistencia religiosa islámica, en los términos legalmente establecidos para el secreto profesional.
Artículo 4.
Los Imames y dirigentes religiosos islámicos estarán sujetos a las disposiciones generales del Servicio Militar. Si lo solicitaren, se les podrán asignar misiones que sean compatibles con sus funciones religiosas.
Los estudios que se cursen para la formación religiosa de las personas a que se refiere el artículo 3, en los Centros islámicos reconocidos por el Ministerio de Educación y Ciencia, darán derecho a prórroga de incorporación a filas de segunda clase, en los términos establecidos en la vigente legislación del Servicio Militar.
Para la solicitud de dicha prórroga, deberán acreditarse los mencionados estudios mediante certificación expedida por el centro islámico correspondiente.

Artículo 5.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 2398/1977, de 27 de agosto, las personas que reúnan los requisitos expresados en el número 1 del artículo 3 del presente Convenio, quedarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, asimilados a trabajadores por cuenta ajena. Las Comunidades Islámicas respectivas asumirán los derechos y obligaciones establecidas para los empresarios en el Régimen General de la Seguridad Social.
Artículo 6.
A los efectos legales, son funciones islámicas de culto, formación y asistencia religiosa, las que lo sean de acuerdo con la Ley y la tradición islámica, emanadas del Corán o de la Sunna y protegidas por la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.
Artículo 7.
Se atribuye efectos civiles al matrimonio celebrado según la forma religiosa establecida en la Ley Islámica, desde el momento de su celebración, si lo contrayentes reúnen los requisitos de capacidad exigidos por el Código Civil.Los contrayentes expresarán el consentimiento ante alguna de la personas expresadas en el número 1 del artículo 3 y, al menos, dos testigos mayores de edad.Para el pleno reconocimiento de tales efectos, será necesaria la inscripción del matrimonio en el Registro Civil.
Las personas que deseen inscribir el matrimonio celebrado en la forma prevista en el número anterior, deberán acreditar previamente su capacidad matrimonial, mediante certificación expedida por el Registro Civil correspondiente. No podrá practicarse la inscripción si se hubiera celebrado el matrimonio transcurridos más de seis meses desde la expedición de dicha certificación.
Una vez celebrado el matrimonio, el representante de la Comunidad Islámica en que se hubiera contraído aquél, enviará al Registro Civil, para su inscripción, certificación acreditativa de la celebración del matrimonio, en la que deberán expresarse las circunstancias exigidas por la legislación del Registro Civil.
Sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar y de los derechos adquiridos de buena fe por terceras personas, la inscripción del matrimonio celebrado conforme al presente Acuerdo podrá ser promovida también en cualquier tiempo, mediante presentación de la certificación diligenciada a que se refiere el número anterior.
Las normas de este artículo relativas al procedimiento para hacer efectivo el derecho que en el mismo se establece, se ajustarán a las modificaciones que en el futuro se produzcan en la legislación del Registro Civil, previa audiencia de la Comisión Islámica de España.
Artículo 8.
Se reconoce el derecho de los militares españoles musulmanes, sean o no profesionales, y de cuantas personas de dicha religión presten servicio en las Fuerzas Armadas, a recibir asistencia religiosa islámica y a participar en actividades y ritos religiosos propios del Islam, previa la oportuna autorización de sus Jefes, que procurarán hacer compatibles con las necesidades del servicio, facilitando los lugares y medios adecuados para su desarrollo.
Los militares musulmanes que no puedan cumplir sus obligaciones religiosas islámicas, especialmente la oración colectiva en común del viernes, por no haber mezquita o, en su caso, oratorio en el lugar de su destino, podrán ser autorizados para el cumplimiento de aquéllas en la mezquita u oratorio de la localidad más próxima, cuando las necesidades del servicio lo permitan.
La asistencia religiosa islámica será dispensada por los Imames o personas designadas con carácter estable por las Comunidades Islámicas pertenecientes a la "Comisión Islámica de España", autorizados por los mandos correspondientes, que prestarán la colaboración precisa para el desempeño de sus funciones en términos de igualdad con los ministros de culto de otras Iglesias, Confesiones o Comunidades religiosas que tengan firmados Acuerdos de Cooperación con el Estado.
Las autoridades correspondientes comunicarán el fallecimiento de los militares musulmanes, ocurrido durante la prestación del servicio, a la familia del fallecido.
Artículo 9.
Se garantiza el ejercicio del derecho a la asistencia religiosa de los internados en centros o establecimientos penitenciarios, hospitalarios, asistenciales u otros análogos del sector público, proporcionada por los Imames o personas designadas por las Comunidades, que deberán ser autorizados por los organismos administrativos competentes. Las direcciones de los centros o establecimientos públicos estarán obligadas a transmitir a la Comunidad Islámica correspondiente las solicitudes de asistencia religiosa recibidas de los internos o de sus familiares, si los propios interesados no estuvieran en condiciones de hacerlo. La asistencia religiosa prevista en este artículo comprenderá la que se dispense a los moribundos, así como las honras fúnebres del rito islámico.
En todo caso, la asistencia religiosa a que se refiere el número anterior se prestará con pleno respeto al principio de libertad religiosa y con observancia de las normas de organización y régimen interno de los centros, libre y sin limitación de horario. Por lo que se refiere a los establecimientos penitenciarios, la asistencia religiosa se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la legislación penitenciaria.
Los gastos que origine el desarrollo de la asistencia religiosa serán sufragados en la forma que acuerden los representantes de la "Comisión Islámica de España" con la dirección de los centros y establecimientos públicos contemplados en el número 1 de este artículo, sin perjuicio de la utilización de los locales que, a tal fin, existan en dichos centros o establecimientos.
Artículo 10.
A fin de dar efectividad a lo dispuesto en el artículo 27.3 de la Constitución, así como en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, se garantiza a los alumnos musulmanes, a sus padres y a los órganos escolares de gobierno que lo soliciten, el ejercicio del derecho de los primeros a recibir enseñanza religiosa islámica en los centros docentes públicos y privados concertados, siempre que, en cuanto a estos últimos, el ejercicio de aquel derecho no entre en contradicción con el carácter propio del centro, en los niveles de educación infantil, educación primaria y educación secundaria.
La enseñanza religiosa islámica será impartida por profesores designados por las Comunidades pertenecientes a la "Comisión Islámica de España", con la conformidad de la Federación a que pertenezcan.
Los contenidos de la enseñanza religiosa islámica, así como los libros de texto relativos a la misma, serán proporcionados por las Comunidades respectivas, con la conformidad de la "Comisión Islámica de España".
Los centros docentes públicos y los privados concertados, a que se hace referencia en el número 1 de este artículo, deberán facilitar los locales adecuados para el ejercicio del derecho que en este artículo se regula, sin que pueda perjudicar el desenvolvimiento de las actividades lectivas.
La "Comisión Islámica de España", así como sus Comunidades miembros, podrán organizar cursos de enseñanza religiosa en los centros universitarios públicos, pudiendo utilizar los locales y medios de los mismos, de acuerdo con las autoridades académicas.
La "Comisión Islámica de España", así como las Comunidades pertenecientes a la misma, podrán establecer y dirigir centros docentes de los niveles educativos que se mencionan en el número 1 de este artículo, así como Universidades y Centros de Formación Islámica, con sometimiento a la legislación general vigente en la materia.
Artículo 11.
La "Comisión Islámica de España" y las Comunidades que la integran pueden recabar libremente de sus miembros prestaciones, organizar colectas públicas y recibir ofrendas y liberalidades de uso.
Además de los conceptos indicados en el número anterior, tendrán la consideración de operaciones no sujetas a tributo alguno:a) La entrega gratuita de publicaciones, instrucciones y boletines internos, de carácter religioso islámico, realizada directamente a sus miembros por las Comunidades pertenecientes a la "Comisión Islámica de España".
b) La actividad de enseñanza religiosa islámica en los centros de la "Comisión Islámica de España", así como de sus Comunidades miembros, destinada a la formación de Imames y de dirigentes religiosos islámicos.
La "Comisión Islámica de España", así como sus Comunidades miembros, estarán exentas:A) Del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y de las contribuciones especiales que, en su caso, correspondan por los siguientes bienes inmuebles de su propiedad:a) Las Mezquitas o lugares de culto y sus dependencias o edificios y locales anejos, destinados al culto, asistencia religiosa islámica, residencia de Imames y dirigentes religiosos islámicos.b) Los locales destinados a oficinas de las Comunidades pertenecientes a la Comisión Islámica de España.c) Los centros destinados únicamente a la formación de Imames y dirigentes religiosos islámicos.B) Del Impuesto sobre Sociedades, en los términos previstos en los números dos y tres del artículo 5 de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, reguladora de aquél.Del Impuesto sobre Sociedades que grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título gratuito, siempre que los bienes y derechos adquiridos se destinen a actividades religiosas islámicas o asistenciales.C) Del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, siempre que los respectivos bienes o derechos adquiridos se destinen a actividades religiosas o asistenciales, en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley del Impuesto, aprobado por Real Decreto Legislativo 3050/1980, de 30 de diciembre, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 3494/1981, de 29 de diciembre, en orden a los requisitos y procedimientos para el disfrute de esta exención.
Sin perjuicio de lo previsto en los números anteriores, la "Comisión Islámica de España", así como sus Comunidades miembros y las asociaciones y entidades creadas y gestionadas por las mismas que se dediquen a actividades religiosas, benéfico-docentes, médicas u hospitalarias o de asistencia social, tendrán derecho a los beneficios fiscales que el ordenamiento jurídico-tributario del Estado español prevea en cada momento para las entidades sin fin de lucro y, en todo caso, a los que se concedan a las entidades benéficas privadas.
La legislación fiscal regulará el tratamiento tributario aplicable a los donativos que se realicen a las Comunidades pertenecientes a la "Comisión Islámica de España", con las deducciones que, en su caso, pudieran establecerse.
Artículo 12.
Los miembros de las Comunidades Islámicas pertenecientes a la "Comisión Islámica de España" que lo deseen, podrán solicitar la interrupción de su trabajo los viernes de cada semana, día de rezo colectivo obligatorio y solemne de los musulmanes, desde las trece treinta hasta las dieciséis treinta horas, así como la conclusión de la jornada laboral una hora antes de la puesta del sol, durante el mes de ayuno (Ramadán).En ambos casos, será necesario el previo acuerdo entre las partes. Las horas dejadas de trabajar deberán ser recuperadas sin compensación alguna.
Las festividades y conmemoraciones que a continuación se expresan, que según la Ley Islámica tienen el carácter de religiosas, podrán sustituir, siempre que medie acuerdo entre las partes, a las establecidas con carácter general por el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.2, con el mismo carácter de retribuidas y no recuperables, a petición de los fieles de las Comunidades Islámicas pertenecientes a la "Comisión Islámica de España".
- AL HIYRA, correspondiente al 1º. de Muharram, primer día del Año Nuevo Islámico.- ACHURA, décimo día de Muharram.- IDU AL-MAULID, corresponde al 12 de Rabiu Al Awwal, nacimiento del Profeta.- AL ISRA WA AL-MI’RAY, corresponde al 27 de Rayab, fecha del Viaje Nocturno y la Ascensión del Profeta.- IDU AL-FITR, corresponde a los días 1º., 2º. y 3º. de Shawwal y celebra la culminación del Ayuno de Ramadán.- IDU AL-ADHA, corresponde a los días 10º., 11º. y 12º. de Du Al Hyyah y celebra el sacrificio protagonizado por el Profeta Abraham.
Los alumnos musulmanes que cursen estudios en centros de enseñanza públicos o privados concertados, estarán dispensados de la asistencia a clase y de la celebración de exámenes, en el día del viernes durante las horas a que se refiere el número 1 de este artículo y en las festividades y conmemoraciones religiosas anteriormente expresadas, a petición propia o de quienes ejerzan la patria potestad o tutela.
Los exámenes, oposiciones o pruebas selectivas convocadas para el ingreso en las Administraciones Públicas, que hayan de celebrarse en los días a que se refiere el número anterior, serán señalados, para los musulmanes que lo soliciten, en una fecha alternativa, cuando no haya causa motivada que lo impida.
Artículo 13.
El Estado y la "Comisión Islámica de España" colaborarán en la conservación y fomento del patrimonio histórico, artístico y cultural islámico en España, que continuará al servicio de la sociedad para su contemplación y estudio.
Dicha colaboración se extenderá a la realización del catálogo e inventario del referido patrimonio, así como a la creación de Patronatos, Fundaciones u otro tipo de instituciones de carácter cultural, de los que formarán parte representantes de la "Comisión Islámica de España".
Artículo 14.
De acuerdo con la dimensión espiritual y las particularidades específicas de la Ley Islámica, la denominación "HALAL" sirve para distinguir los productos alimentarios elaborados de acuerdo con la misma.
Para la protección del uso correcto de estas denominaciones, la "Comisión Islámica de España", deberá solicitar y obtener del Registro de la Propiedad Industrial los registros de marca correspondientes, de acuerdo con la normativa legal vigente.Cumplidos los requisitos anteriores, estos productos, a efectos de comercialización, importación y exportación, tendrán la garantía de haber sido elaborados con arreglo a la Ley Islámica, cuando lleven en sus envases el correspondiente distintivo de la "Comisión Islámica de España".
El sacrificio de los animales que se realice de acuerdo con las Leyes Islámicas deberá respetar la normativa sanitaria vigente.
La alimentación de los internados en centros o establecimientos públicos y dependencias militares, y la de los alumnos musulmanes de los centros docentes públicos y privados concertados que lo soliciten, se procurará adecuar a los preceptos religiosos islámicos, así como el horario de comidas durante el mes de ayuno (Ramadán).

Disposición adicional primera.
El Gobierno pondrá en conocimiento de la "Comisión Islámica de España" las iniciativas legislativas que afecten al contenido del presente Acuerdo, para que aquélla pueda expresar su parecer.
Disposición adicional segunda.
El presente acuerdo podrá ser denunciado por cualquiera de las partes que lo suscriben, notificándolo a la otra con seis meses de antelación.
Asimismo, podrá ser objeto de revisión, total o parcial, por iniciativa de cualquiera de ellas, sin perjuicio de su ulterior tramitación parlamentaria.
Disposición adicional tercera.
Se constituirá una Comisión Mixta Paritaria con representantes de la Administración del Estado y de la "Comisión Islámica de España" para la aplicación y seguimiento del presente Acuerdo.
Disposición final única.
Se faculta al Gobierno para que, a propuesta del Ministro de Justicia, y, en su caso, conjuntamente con los Ministros competentes por razón de la materia, dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

El link: http://www.mju.es/asuntos_religiosos/ar_n08_e.htm

Sunday, May 14, 2006

Ilan Pappe, historiador israelí: "Israel está fundado sobre una mentira"

14/05/2006 Lluis Amiguet

Fuente: kaosenlared

-Nací en Haifa, de padres emigrados judíos alemanes, y de niño tenía amigos palestinos, algo inusual hoy, porque los niños sufren un apartheid odioso. A los 18 años hice mi servicio militar y participé como soldado israelí en la terrible guerra de 1973 en los altos del Golán.

–¿Fue usted un buen soldado?
–Cumplí las órdenes. Mi auténtica crisis comenzó cuando fui a estudiar a Oxford en 1980. Allí me di cuenta de la mentira.

–¿Qué descubrió?
–Que mi padre me había engañado y que nos habían engañado a todos en el colegio y en la universidad: mi padre y mis profesores nos habían repetido una y mil veces que cuando se fundó el Estado de Israel en 1948 los palestinos prefirieron irse y eso es mentira. Los archivos que consulté y los documentos que yo mismo leí demostraban que los palestinos fueron expulsados por los israelíes con terror, amenazas y violencia.

–Eso estaba claro para el resto del mundo.
–Pero para nosotros, no. Hoy en Israel se sigue insistiendo en que los palestinos se fueron por propia voluntad, pese a que... ¡los israelíes les pedimos que se quedaran!

–No parece muy creíble.
–Es la verdad oficial, cuando en realidad el nuevo Israel aplicó la limpieza étnica a los palestinos. En mi investigación en Oxford descubrí que el plan de expulsión israelí fue sistemático. Había más de un millar de pueblos palestinos y un millón de pobladores palestinos en las ciudades y es verdad que sólo echamos a 850.000, pero porque la guerra acabó y aceptaron el estatus final.

–Los terroristas judíos que incendiaban y mataban palestinos eran Irgun y Stern.
–No sólo ellos. Todo el movimiento sionista estaba organizado para echar a los palestinos. Y he documentado cada extremo de lo que digo. Hubo muchas masacres terribles.

–Por ejemplo, Deir Yassin.
–Ésa es sólo la más conocida. Yo creí, como israelí biempensante, que hubo un único Deir Yassin y que fue obra del Irgun, pero después descubrí que hubo muchas más masacres y que no sólo las cometió el Irgun.

–¿No era ése el plan sionista primigenio?
–Teodor Herzl, fundador del sionismo, ya dice, cuando llega el primer sionista a Israel en 1882, que no pueden permitir a la población local que se quede en su nuevo Estado.

–También la fuerza parece estar en manos de Israel.
–Eso de la fuerza y el poder es muy relativo. ¿Qué puede hacer el ejército israelí para acabar con lo que consideran "problema palestino"? ¿Tirar bombas atómicas sobre Belén? ¿Aniquilarlos a todos? No hay solución militar para la seguridad en Israel, porque la seguridad no depende de muros, fronteras o alambradas. La seguridad es una sensación íntima: está en cada uno y nace de la justicia. Y sin seguridad no hay negocios ni prosperidad ni futuro.

–Menos seguridad tienen los palestinos.
–¡Los terribles terroristas palestinos! ¿Qué tienen? No tienen nada más que sus propias vidas para inmolarse. Pero sólo con eso han acabado con la sensación de seguridad en Israel y con cualquier esperanza de futuro en la región. El muro de Sharon es el último absurdo económico de un régimen sin salida. Además de los problemas morales que plantea, no hay dinero para construirlo.

–El apartheid sudafricano se colapsó no por ser una atrocidad ética, sino por ser económicamente ineficiente.
–Es exactamente lo que le sucederá al apartheid israelí. Es una ruina. Para mantener este apartheid israelí necesitamos un Estado policial militar ineficiente para todo lo que no sea mantenernos en guerra perpetua. Este Estado no sirve para procurarnos prosperidad a los ciudadanos.

–¿Y no podría haber en Israel un final más o menos feliz como en Sudáfrica?
–Yo edito en el extranjero porque en Israel tienen miedo a mis libros. Hace un año casi me echan de la universidad y ya ni cuento las amenazas de muerte. Mis colegas me dijeron que me apoyaban en privado y les contesté que su apoyo privado no me servía. Callaron. Sólo habrá paz y convivencia cuando todos sepamos mirar la verdad a la cara.

–¿Y el proceso de paz?
–En 1948, el Estado judío se estableció sobre el 80 por ciento de territorio palestino y expulsó a sus habitantes. En 1967, el cien por cien ya es Israel. Ahora, cuando Sharon dice que seamos generosos se refiere a aquel 20 por ciento... ¡que quiere dividir en dos!

–De momento, ni siquiera les da eso.
–¡Dejan a los palestinos el 10 por ciento de la que era su tierra y quieren que les den las gracias! Somos un caso particular de colonialistas que se quedan para siempre.

–¿No teme que sus opiniones lo conviertan en un exiliado en su propio país?
–Yo sólo quiero que los israelíes sean capaces de ponerse en el lugar del otro por un segundo. Si no lo hacen, no habrá país ni futuro para mis hijos: vamos derechos al suicidio.

–¿Y usted qué propone?
–La única salida no estúpida: reconciliación, paz justa y un Estado que respete cualquier identidad religiosa y no sólo una. A partir de ahí, puede llegar la prosperidad.

Saturday, May 13, 2006

Carta de Ahmadineyad a Bush
11/05/2006 IRNA


En el nombre de Dios, el Clemente, el Misericordioso
Excmo. Sr. George W. Bush, presidente de Estados Unidos:
Durante un tiempo he andado pensando cómo se pueden justificar las innegables contradicciones existentes en el escenario internacional que se debaten continuamente en los foros públicos, sobre todo, en los políticos y universitarios. Son muchas las preguntas en este sentido que se han quedado sin respuesta y es por ello que he decidido plantear algunas de estas cuestiones y paradojas pues quizá surja una oportunidad para poder enmendarlas.

¿Se puede ser seguidor de Jesucristo, sobre él sea la paz, verse comprometido con los derechos humanos, presentar al liberalismo como un patrón civilizador, oponerse a la proliferación de armas nucleares y de destrucción masiva y hacer de la lucha contra el terrorismo un lema, en definitiva, trabajar por la formación de una sociedad mundial, una sociedad en la que gobernaría Jesucristo, sobre él sea la paz, y los justos de la tierra, pero, a la vez, atacar a los países, infravalorar la vida, la dignidad y la existencia de las personas y, por ejemplo, prenderle fuego a todo un pueblo o una ciudad porque quepa la posibilidad de que en ellas se encuentren varios delincuentes? ¿Se puede ocupar un país porque quepa la posibilidad de que en él haya armas de destrucción masiva, ser muertas unas cien mil personas de su población, destruir sus recursos acuíferos, agrícolas y su industria y situar en él casi 180.000 efectivos militares? ¿Se puede violar el espacio de intimidad del hogar de los ciudadanos y llevar al país a cómo era 50 años atrás? ¿A qué precio? Gastando cientos de miles de millones de dólares de las arcas públicas de un país y de algunos otros, enviando a cientos de miles de jóvenes como soldados de fuerzas invasoras, exponiéndolos a la muerte, alejándolos de sus familias, manchando sus manos con la sangre ajena y ejerciendo sobre ellos tal presión psicológica que cada día cierto número de ellos acaban suicidándose, o los que regresan a su país, se deprimen, sufren o se las ven con enfermedades de diverso tipo. Algunos han sido muertos y sus cuerpos son entregados a sus familias.

Con la excusa de la existencia de armas de destrucción masiva son por las que ocurren estas grandes tragedias tanto para el pueblo del país ocupado como para el pueblo del país ocupador, para luego saberse que no ha habido armas de destrucción masivas. Naturalmente, Saddam era un dictador criminal, pero la razón que se esgrimió para la guerra no era ésa, sino el eliminar las armas de destrucción masiva. Saddam acabó siendo derrocado y el pueblo de la zona manifestó su satisfacción por ello. A lo largo de toda su guerra impuesta a Irán por Saddam, éste gozaba del apoyo de Occidente. Señor presidente: Quizá sepa usted que yo soy profesor. Los alumnos preguntan ¿cómo se puede hacer coincidir semejantes medidas con todos los valores que encierra el estar comprometido con la religión de Jesucristo, sobre él sea la paz, el profeta de la paz y de la misericordia?Hay acusados encerrados en Guantánamo que no son juzgados, que no tienen acceso a un abogado, cuyas familias no pueden ver, que se mantienen fuera de sus respectivos países y que no son objeto de control internacional alguno. No está claro si ellos son presidiarios o prisioneros, acusados o condenados. Inspectores de la Unión Europea han corroborado la existencia de cárceles clandestinas en Europa. Yo no he podido ajustar el secuestro de personas y el confinarlas en cárceles secretas con ninguno de los sistemas judiciales del mundo y no he alcanzado a comprender a cuál de los valores se adapta, ¿a las enseñanzas de Jesucristo, sobre él sea la paz? ¿A las de los derechos humanos? ¿A los valores del liberalismo? Los jóvenes, los estudiantes y la gente tienen muchas preguntas sobre el fenómeno de Israel. Seguramente usted habrá escuchado algunas. A lo largo de la historia han sido muchos los países que han sido ocupados, pero uno de los fenómenos que son novedosos en nuestra época ha sido la fundación de un país nuevo con gentes nuevas.

Dicen los universitarios que hace 60 años no existía ese país. Los documentos y globos terráqueos geográficos antiguos así lo demuestra y por mucho que busquemos no hallamos un país llamado Israel. Me veo obligado a guiarles y [les digo] que estudien la primera y la segunda guerra mundial. En cierta ocasión uno de los estudiantes universitarios dijo que durante la II Guerra Mundial, en la que perecieron decenas de millones de personas, los contendientes de ambos bandos emitían rápidamente partes de guerra en los que cada uno anunciaba su victoria y las derrotas del bando opuesto. Después de la guerra se dijo que seis millones de judíos habían sido asesinados. Seis millones de personas que tenían vínculos familiares con al menos dos millones de familias. Supongamos que la noticia sea cierta. ¿Puede ser su resultado lógico la fundación de Israel en Oriente Medio o el apoyarlo? ¿Cómo se analiza y se explica este fenómeno?

Señor presidente: Seguramente usted sabrá cuánto ha costado y qué consecuencias ha tenido la fundación de Israel: -La muerte de miles de personas. -El que millones de habitantes nativos se queden sin hogar. -La destrucción de miles de hectáreas de plantaciones, olivares y la devastación de ciudades y poblados. Esta tragedia no se restringe al momento de su fundación sino que, lamentablemente, se da desde hace sesenta años. Se fundó un régimen que no le tiene misericordia ni a los niños, que destruye las casas con la gente dentro, que anuncia de antemano el atentado contra alguna personalidad palestina y que mantiene confinados a miles de palestinos. Semejante fenómeno tiene pocos o ningún precedente en los últimos siglos. La otra gran pregunta que se hace mucha gente es porqué se apoya ese régimen. ¿Apoyar a ese régimen significa acaso apoyar las enseñanzas de Jesucristo, sobre él sea la paz? ¿O las de Moisés, sobre él sea paz? ¿O acaso se ajusta a las doctrinas del liberalismo? ¿Acaso el otorgarle el derecho a elegir el destino de todos los territorios palestinos a sus habitantes originarios, estén fuera o dentro de Palestina, sean musulmanes, judíos o cristianos, contradice los principios más fundamentales de la democracia, los derechos humanos y las enseñanzas de los profetas? Si no lo contradice, ¿por qué se está en contra de un referéndum?

Recientemente ha llegado al poder un gobierno palestino gracias al voto del pueblo palestino. Todos los observadores imparciales han ratificado que este gobierno ha sido elegido por el pueblo. Increíblemente, han presionado al gobierno electo y se le ha dicho que debe reconocer oficialmente el régimen de Israel, abandonar su resistencia y seguir el programa del gobierno anterior. Si el actual gobierno de Palestina hubiese anunciado de antemano que iba a seguir esa política, ¿habría sido elegido por los palestinos? ¿Esta manera de posicionarse ante el Gobierno palestino puede compararse a los valores antes mencionados? También la gente pregunta porqué se veta toda resolución que se aprueba en el Consejo de Seguridad contra el régimen sionista. Señor presidente: Usted sabe que yo vivo con el pueblo y que continuamente me mantengo con él en contacto, que mucha gente en Oriente Medio está de alguna manera en contacto conmigo. Ellos consideran que las políticas de múltiple rasero no son compatibles con ninguna lógica. Los indicios apuntan a que el común de los pueblos de la zona está cada día más irritados con las políticas practicadas.

No pretendo formular muchas preguntas pero quiero hacer referencia a varios puntos más. ¿Por qué se considera que todo progreso técnico o científico en Oriente Medio se interpreta y se anuncia como una amenaza contra el régimen sionista? ¿No es acaso la labor científica y de investigación una parte de los derechos fundamentales de las naciones? Posiblemente usted conozca la historia. Obviando la Edad Media, ¿en qué coyuntura de la historia y en qué parte del mundo se ha considerado que el progreso técnico y científico sea un delito? ¿Acaso la posibilidad de que éstos puedan tener un uso militar puede ser razón para oponerse a las ciencias y a las tecnologías? Si se da como correcta esta conclusión, entonces se debería estar en contra de todas las ciencias, incluso de la física, de la química, de las matemáticas, de la medicina, de la ingeniería, etcétera. En cuanto al asunto de Irak, se dijo una mentira, ¿cuál ha sido la consecuencia? No me cabe duda de que todas las sociedades del mundo desaprueban la mentira y de que a Su Excelencia no le gusta que le mientan.
Carta de Ahmadineyad a Bush
11/05/2006 IRNA


En el nombre de Dios, el Clemente, el Misericordioso
Excmo. Sr. George W. Bush, presidente de Estados Unidos:
Durante un tiempo he andado pensando cómo se pueden justificar las innegables contradicciones existentes en el escenario internacional que se debaten continuamente en los foros públicos, sobre todo, en los políticos y universitarios. Son muchas las preguntas en este sentido que se han quedado sin respuesta y es por ello que he decidido plantear algunas de estas cuestiones y paradojas pues quizá surja una oportunidad para poder enmendarlas.

¿Se puede ser seguidor de Jesucristo, sobre él sea la paz, verse comprometido con los derechos humanos, presentar al liberalismo como un patrón civilizador, oponerse a la proliferación de armas nucleares y de destrucción masiva y hacer de la lucha contra el terrorismo un lema, en definitiva, trabajar por la formación de una sociedad mundial, una sociedad en la que gobernaría Jesucristo, sobre él sea la paz, y los justos de la tierra, pero, a la vez, atacar a los países, infravalorar la vida, la dignidad y la existencia de las personas y, por ejemplo, prenderle fuego a todo un pueblo o una ciudad porque quepa la posibilidad de que en ellas se encuentren varios delincuentes? ¿Se puede ocupar un país porque quepa la posibilidad de que en él haya armas de destrucción masiva, ser muertas unas cien mil personas de su población, destruir sus recursos acuíferos, agrícolas y su industria y situar en él casi 180.000 efectivos militares? ¿Se puede violar el espacio de intimidad del hogar de los ciudadanos y llevar al país a cómo era 50 años atrás? ¿A qué precio? Gastando cientos de miles de millones de dólares de las arcas públicas de un país y de algunos otros, enviando a cientos de miles de jóvenes como soldados de fuerzas invasoras, exponiéndolos a la muerte, alejándolos de sus familias, manchando sus manos con la sangre ajena y ejerciendo sobre ellos tal presión psicológica que cada día cierto número de ellos acaban suicidándose, o los que regresan a su país, se deprimen, sufren o se las ven con enfermedades de diverso tipo. Algunos han sido muertos y sus cuerpos son entregados a sus familias.

Con la excusa de la existencia de armas de destrucción masiva son por las que ocurren estas grandes tragedias tanto para el pueblo del país ocupado como para el pueblo del país ocupador, para luego saberse que no ha habido armas de destrucción masivas. Naturalmente, Saddam era un dictador criminal, pero la razón que se esgrimió para la guerra no era ésa, sino el eliminar las armas de destrucción masiva. Saddam acabó siendo derrocado y el pueblo de la zona manifestó su satisfacción por ello. A lo largo de toda su guerra impuesta a Irán por Saddam, éste gozaba del apoyo de Occidente. Señor presidente: Quizá sepa usted que yo soy profesor. Los alumnos preguntan ¿cómo se puede hacer coincidir semejantes medidas con todos los valores que encierra el estar comprometido con la religión de Jesucristo, sobre él sea la paz, el profeta de la paz y de la misericordia?Hay acusados encerrados en Guantánamo que no son juzgados, que no tienen acceso a un abogado, cuyas familias no pueden ver, que se mantienen fuera de sus respectivos países y que no son objeto de control internacional alguno. No está claro si ellos son presidiarios o prisioneros, acusados o condenados. Inspectores de la Unión Europea han corroborado la existencia de cárceles clandestinas en Europa. Yo no he podido ajustar el secuestro de personas y el confinarlas en cárceles secretas con ninguno de los sistemas judiciales del mundo y no he alcanzado a comprender a cuál de los valores se adapta, ¿a las enseñanzas de Jesucristo, sobre él sea la paz? ¿A las de los derechos humanos? ¿A los valores del liberalismo? Los jóvenes, los estudiantes y la gente tienen muchas preguntas sobre el fenómeno de Israel. Seguramente usted habrá escuchado algunas. A lo largo de la historia han sido muchos los países que han sido ocupados, pero uno de los fenómenos que son novedosos en nuestra época ha sido la fundación de un país nuevo con gentes nuevas.

Dicen los universitarios que hace 60 años no existía ese país. Los documentos y globos terráqueos geográficos antiguos así lo demuestra y por mucho que busquemos no hallamos un país llamado Israel. Me veo obligado a guiarles y [les digo] que estudien la primera y la segunda guerra mundial. En cierta ocasión uno de los estudiantes universitarios dijo que durante la II Guerra Mundial, en la que perecieron decenas de millones de personas, los contendientes de ambos bandos emitían rápidamente partes de guerra en los que cada uno anunciaba su victoria y las derrotas del bando opuesto. Después de la guerra se dijo que seis millones de judíos habían sido asesinados. Seis millones de personas que tenían vínculos familiares con al menos dos millones de familias. Supongamos que la noticia sea cierta. ¿Puede ser su resultado lógico la fundación de Israel en Oriente Medio o el apoyarlo? ¿Cómo se analiza y se explica este fenómeno?

Señor presidente: Seguramente usted sabrá cuánto ha costado y qué consecuencias ha tenido la fundación de Israel: -La muerte de miles de personas. -El que millones de habitantes nativos se queden sin hogar. -La destrucción de miles de hectáreas de plantaciones, olivares y la devastación de ciudades y poblados. Esta tragedia no se restringe al momento de su fundación sino que, lamentablemente, se da desde hace sesenta años. Se fundó un régimen que no le tiene misericordia ni a los niños, que destruye las casas con la gente dentro, que anuncia de antemano el atentado contra alguna personalidad palestina y que mantiene confinados a miles de palestinos. Semejante fenómeno tiene pocos o ningún precedente en los últimos siglos. La otra gran pregunta que se hace mucha gente es porqué se apoya ese régimen. ¿Apoyar a ese régimen significa acaso apoyar las enseñanzas de Jesucristo, sobre él sea la paz? ¿O las de Moisés, sobre él sea paz? ¿O acaso se ajusta a las doctrinas del liberalismo? ¿Acaso el otorgarle el derecho a elegir el destino de todos los territorios palestinos a sus habitantes originarios, estén fuera o dentro de Palestina, sean musulmanes, judíos o cristianos, contradice los principios más fundamentales de la democracia, los derechos humanos y las enseñanzas de los profetas? Si no lo contradice, ¿por qué se está en contra de un referéndum?

Recientemente ha llegado al poder un gobierno palestino gracias al voto del pueblo palestino. Todos los observadores imparciales han ratificado que este gobierno ha sido elegido por el pueblo. Increíblemente, han presionado al gobierno electo y se le ha dicho que debe reconocer oficialmente el régimen de Israel, abandonar su resistencia y seguir el programa del gobierno anterior. Si el actual gobierno de Palestina hubiese anunciado de antemano que iba a seguir esa política, ¿habría sido elegido por los palestinos? ¿Esta manera de posicionarse ante el Gobierno palestino puede compararse a los valores antes mencionados? También la gente pregunta porqué se veta toda resolución que se aprueba en el Consejo de Seguridad contra el régimen sionista. Señor presidente: Usted sabe que yo vivo con el pueblo y que continuamente me mantengo con él en contacto, que mucha gente en Oriente Medio está de alguna manera en contacto conmigo. Ellos consideran que las políticas de múltiple rasero no son compatibles con ninguna lógica. Los indicios apuntan a que el común de los pueblos de la zona está cada día más irritados con las políticas practicadas.

No pretendo formular muchas preguntas pero quiero hacer referencia a varios puntos más. ¿Por qué se considera que todo progreso técnico o científico en Oriente Medio se interpreta y se anuncia como una amenaza contra el régimen sionista? ¿No es acaso la labor científica y de investigación una parte de los derechos fundamentales de las naciones? Posiblemente usted conozca la historia. Obviando la Edad Media, ¿en qué coyuntura de la historia y en qué parte del mundo se ha considerado que el progreso técnico y científico sea un delito? ¿Acaso la posibilidad de que éstos puedan tener un uso militar puede ser razón para oponerse a las ciencias y a las tecnologías? Si se da como correcta esta conclusión, entonces se debería estar en contra de todas las ciencias, incluso de la física, de la química, de las matemáticas, de la medicina, de la ingeniería, etcétera. En cuanto al asunto de Irak, se dijo una mentira, ¿cuál ha sido la consecuencia? No me cabe duda de que todas las sociedades del mundo desaprueban la mentira y de que a Su Excelencia no le gusta que le mientan.
Carta de Ahmadineyad a Bush
11/05/2006 IRNA


En el nombre de Dios, el Clemente, el Misericordioso
Excmo. Sr. George W. Bush, presidente de Estados Unidos:
Durante un tiempo he andado pensando cómo se pueden justificar las innegables contradicciones existentes en el escenario internacional que se debaten continuamente en los foros públicos, sobre todo, en los políticos y universitarios. Son muchas las preguntas en este sentido que se han quedado sin respuesta y es por ello que he decidido plantear algunas de estas cuestiones y paradojas pues quizá surja una oportunidad para poder enmendarlas.

¿Se puede ser seguidor de Jesucristo, sobre él sea la paz, verse comprometido con los derechos humanos, presentar al liberalismo como un patrón civilizador, oponerse a la proliferación de armas nucleares y de destrucción masiva y hacer de la lucha contra el terrorismo un lema, en definitiva, trabajar por la formación de una sociedad mundial, una sociedad en la que gobernaría Jesucristo, sobre él sea la paz, y los justos de la tierra, pero, a la vez, atacar a los países, infravalorar la vida, la dignidad y la existencia de las personas y, por ejemplo, prenderle fuego a todo un pueblo o una ciudad porque quepa la posibilidad de que en ellas se encuentren varios delincuentes? ¿Se puede ocupar un país porque quepa la posibilidad de que en él haya armas de destrucción masiva, ser muertas unas cien mil personas de su población, destruir sus recursos acuíferos, agrícolas y su industria y situar en él casi 180.000 efectivos militares? ¿Se puede violar el espacio de intimidad del hogar de los ciudadanos y llevar al país a cómo era 50 años atrás? ¿A qué precio? Gastando cientos de miles de millones de dólares de las arcas públicas de un país y de algunos otros, enviando a cientos de miles de jóvenes como soldados de fuerzas invasoras, exponiéndolos a la muerte, alejándolos de sus familias, manchando sus manos con la sangre ajena y ejerciendo sobre ellos tal presión psicológica que cada día cierto número de ellos acaban suicidándose, o los que regresan a su país, se deprimen, sufren o se las ven con enfermedades de diverso tipo. Algunos han sido muertos y sus cuerpos son entregados a sus familias.

Con la excusa de la existencia de armas de destrucción masiva son por las que ocurren estas grandes tragedias tanto para el pueblo del país ocupado como para el pueblo del país ocupador, para luego saberse que no ha habido armas de destrucción masivas. Naturalmente, Saddam era un dictador criminal, pero la razón que se esgrimió para la guerra no era ésa, sino el eliminar las armas de destrucción masiva. Saddam acabó siendo derrocado y el pueblo de la zona manifestó su satisfacción por ello. A lo largo de toda su guerra impuesta a Irán por Saddam, éste gozaba del apoyo de Occidente. Señor presidente: Quizá sepa usted que yo soy profesor. Los alumnos preguntan ¿cómo se puede hacer coincidir semejantes medidas con todos los valores que encierra el estar comprometido con la religión de Jesucristo, sobre él sea la paz, el profeta de la paz y de la misericordia?Hay acusados encerrados en Guantánamo que no son juzgados, que no tienen acceso a un abogado, cuyas familias no pueden ver, que se mantienen fuera de sus respectivos países y que no son objeto de control internacional alguno. No está claro si ellos son presidiarios o prisioneros, acusados o condenados. Inspectores de la Unión Europea han corroborado la existencia de cárceles clandestinas en Europa. Yo no he podido ajustar el secuestro de personas y el confinarlas en cárceles secretas con ninguno de los sistemas judiciales del mundo y no he alcanzado a comprender a cuál de los valores se adapta, ¿a las enseñanzas de Jesucristo, sobre él sea la paz? ¿A las de los derechos humanos? ¿A los valores del liberalismo? Los jóvenes, los estudiantes y la gente tienen muchas preguntas sobre el fenómeno de Israel. Seguramente usted habrá escuchado algunas. A lo largo de la historia han sido muchos los países que han sido ocupados, pero uno de los fenómenos que son novedosos en nuestra época ha sido la fundación de un país nuevo con gentes nuevas.

Dicen los universitarios que hace 60 años no existía ese país. Los documentos y globos terráqueos geográficos antiguos así lo demuestra y por mucho que busquemos no hallamos un país llamado Israel. Me veo obligado a guiarles y [les digo] que estudien la primera y la segunda guerra mundial. En cierta ocasión uno de los estudiantes universitarios dijo que durante la II Guerra Mundial, en la que perecieron decenas de millones de personas, los contendientes de ambos bandos emitían rápidamente partes de guerra en los que cada uno anunciaba su victoria y las derrotas del bando opuesto. Después de la guerra se dijo que seis millones de judíos habían sido asesinados. Seis millones de personas que tenían vínculos familiares con al menos dos millones de familias. Supongamos que la noticia sea cierta. ¿Puede ser su resultado lógico la fundación de Israel en Oriente Medio o el apoyarlo? ¿Cómo se analiza y se explica este fenómeno?

Señor presidente: Seguramente usted sabrá cuánto ha costado y qué consecuencias ha tenido la fundación de Israel: -La muerte de miles de personas. -El que millones de habitantes nativos se queden sin hogar. -La destrucción de miles de hectáreas de plantaciones, olivares y la devastación de ciudades y poblados. Esta tragedia no se restringe al momento de su fundación sino que, lamentablemente, se da desde hace sesenta años. Se fundó un régimen que no le tiene misericordia ni a los niños, que destruye las casas con la gente dentro, que anuncia de antemano el atentado contra alguna personalidad palestina y que mantiene confinados a miles de palestinos. Semejante fenómeno tiene pocos o ningún precedente en los últimos siglos. La otra gran pregunta que se hace mucha gente es porqué se apoya ese régimen. ¿Apoyar a ese régimen significa acaso apoyar las enseñanzas de Jesucristo, sobre él sea la paz? ¿O las de Moisés, sobre él sea paz? ¿O acaso se ajusta a las doctrinas del liberalismo? ¿Acaso el otorgarle el derecho a elegir el destino de todos los territorios palestinos a sus habitantes originarios, estén fuera o dentro de Palestina, sean musulmanes, judíos o cristianos, contradice los principios más fundamentales de la democracia, los derechos humanos y las enseñanzas de los profetas? Si no lo contradice, ¿por qué se está en contra de un referéndum?

Recientemente ha llegado al poder un gobierno palestino gracias al voto del pueblo palestino. Todos los observadores imparciales han ratificado que este gobierno ha sido elegido por el pueblo. Increíblemente, han presionado al gobierno electo y se le ha dicho que debe reconocer oficialmente el régimen de Israel, abandonar su resistencia y seguir el programa del gobierno anterior. Si el actual gobierno de Palestina hubiese anunciado de antemano que iba a seguir esa política, ¿habría sido elegido por los palestinos? ¿Esta manera de posicionarse ante el Gobierno palestino puede compararse a los valores antes mencionados? También la gente pregunta porqué se veta toda resolución que se aprueba en el Consejo de Seguridad contra el régimen sionista. Señor presidente: Usted sabe que yo vivo con el pueblo y que continuamente me mantengo con él en contacto, que mucha gente en Oriente Medio está de alguna manera en contacto conmigo. Ellos consideran que las políticas de múltiple rasero no son compatibles con ninguna lógica. Los indicios apuntan a que el común de los pueblos de la zona está cada día más irritados con las políticas practicadas.

No pretendo formular muchas preguntas pero quiero hacer referencia a varios puntos más. ¿Por qué se considera que todo progreso técnico o científico en Oriente Medio se interpreta y se anuncia como una amenaza contra el régimen sionista? ¿No es acaso la labor científica y de investigación una parte de los derechos fundamentales de las naciones? Posiblemente usted conozca la historia. Obviando la Edad Media, ¿en qué coyuntura de la historia y en qué parte del mundo se ha considerado que el progreso técnico y científico sea un delito? ¿Acaso la posibilidad de que éstos puedan tener un uso militar puede ser razón para oponerse a las ciencias y a las tecnologías? Si se da como correcta esta conclusión, entonces se debería estar en contra de todas las ciencias, incluso de la física, de la química, de las matemáticas, de la medicina, de la ingeniería, etcétera. En cuanto al asunto de Irak, se dijo una mentira, ¿cuál ha sido la consecuencia? No me cabe duda de que todas las sociedades del mundo desaprueban la mentira y de que a Su Excelencia no le gusta que le mientan.
Carta de Ahmadineyad a Bush
11/05/2006 IRNA


En el nombre de Dios, el Clemente, el Misericordioso
Excmo. Sr. George W. Bush, presidente de Estados Unidos:
Durante un tiempo he andado pensando cómo se pueden justificar las innegables contradicciones existentes en el escenario internacional que se debaten continuamente en los foros públicos, sobre todo, en los políticos y universitarios. Son muchas las preguntas en este sentido que se han quedado sin respuesta y es por ello que he decidido plantear algunas de estas cuestiones y paradojas pues quizá surja una oportunidad para poder enmendarlas.

¿Se puede ser seguidor de Jesucristo, sobre él sea la paz, verse comprometido con los derechos humanos, presentar al liberalismo como un patrón civilizador, oponerse a la proliferación de armas nucleares y de destrucción masiva y hacer de la lucha contra el terrorismo un lema, en definitiva, trabajar por la formación de una sociedad mundial, una sociedad en la que gobernaría Jesucristo, sobre él sea la paz, y los justos de la tierra, pero, a la vez, atacar a los países, infravalorar la vida, la dignidad y la existencia de las personas y, por ejemplo, prenderle fuego a todo un pueblo o una ciudad porque quepa la posibilidad de que en ellas se encuentren varios delincuentes? ¿Se puede ocupar un país porque quepa la posibilidad de que en él haya armas de destrucción masiva, ser muertas unas cien mil personas de su población, destruir sus recursos acuíferos, agrícolas y su industria y situar en él casi 180.000 efectivos militares? ¿Se puede violar el espacio de intimidad del hogar de los ciudadanos y llevar al país a cómo era 50 años atrás? ¿A qué precio? Gastando cientos de miles de millones de dólares de las arcas públicas de un país y de algunos otros, enviando a cientos de miles de jóvenes como soldados de fuerzas invasoras, exponiéndolos a la muerte, alejándolos de sus familias, manchando sus manos con la sangre ajena y ejerciendo sobre ellos tal presión psicológica que cada día cierto número de ellos acaban suicidándose, o los que regresan a su país, se deprimen, sufren o se las ven con enfermedades de diverso tipo. Algunos han sido muertos y sus cuerpos son entregados a sus familias.

Con la excusa de la existencia de armas de destrucción masiva son por las que ocurren estas grandes tragedias tanto para el pueblo del país ocupado como para el pueblo del país ocupador, para luego saberse que no ha habido armas de destrucción masivas. Naturalmente, Saddam era un dictador criminal, pero la razón que se esgrimió para la guerra no era ésa, sino el eliminar las armas de destrucción masiva. Saddam acabó siendo derrocado y el pueblo de la zona manifestó su satisfacción por ello. A lo largo de toda su guerra impuesta a Irán por Saddam, éste gozaba del apoyo de Occidente. Señor presidente: Quizá sepa usted que yo soy profesor. Los alumnos preguntan ¿cómo se puede hacer coincidir semejantes medidas con todos los valores que encierra el estar comprometido con la religión de Jesucristo, sobre él sea la paz, el profeta de la paz y de la misericordia?Hay acusados encerrados en Guantánamo que no son juzgados, que no tienen acceso a un abogado, cuyas familias no pueden ver, que se mantienen fuera de sus respectivos países y que no son objeto de control internacional alguno. No está claro si ellos son presidiarios o prisioneros, acusados o condenados. Inspectores de la Unión Europea han corroborado la existencia de cárceles clandestinas en Europa. Yo no he podido ajustar el secuestro de personas y el confinarlas en cárceles secretas con ninguno de los sistemas judiciales del mundo y no he alcanzado a comprender a cuál de los valores se adapta, ¿a las enseñanzas de Jesucristo, sobre él sea la paz? ¿A las de los derechos humanos? ¿A los valores del liberalismo? Los jóvenes, los estudiantes y la gente tienen muchas preguntas sobre el fenómeno de Israel. Seguramente usted habrá escuchado algunas. A lo largo de la historia han sido muchos los países que han sido ocupados, pero uno de los fenómenos que son novedosos en nuestra época ha sido la fundación de un país nuevo con gentes nuevas.

Dicen los universitarios que hace 60 años no existía ese país. Los documentos y globos terráqueos geográficos antiguos así lo demuestra y por mucho que busquemos no hallamos un país llamado Israel. Me veo obligado a guiarles y [les digo] que estudien la primera y la segunda guerra mundial. En cierta ocasión uno de los estudiantes universitarios dijo que durante la II Guerra Mundial, en la que perecieron decenas de millones de personas, los contendientes de ambos bandos emitían rápidamente partes de guerra en los que cada uno anunciaba su victoria y las derrotas del bando opuesto. Después de la guerra se dijo que seis millones de judíos habían sido asesinados. Seis millones de personas que tenían vínculos familiares con al menos dos millones de familias. Supongamos que la noticia sea cierta. ¿Puede ser su resultado lógico la fundación de Israel en Oriente Medio o el apoyarlo? ¿Cómo se analiza y se explica este fenómeno?

Señor presidente: Seguramente usted sabrá cuánto ha costado y qué consecuencias ha tenido la fundación de Israel: -La muerte de miles de personas. -El que millones de habitantes nativos se queden sin hogar. -La destrucción de miles de hectáreas de plantaciones, olivares y la devastación de ciudades y poblados. Esta tragedia no se restringe al momento de su fundación sino que, lamentablemente, se da desde hace sesenta años. Se fundó un régimen que no le tiene misericordia ni a los niños, que destruye las casas con la gente dentro, que anuncia de antemano el atentado contra alguna personalidad palestina y que mantiene confinados a miles de palestinos. Semejante fenómeno tiene pocos o ningún precedente en los últimos siglos. La otra gran pregunta que se hace mucha gente es porqué se apoya ese régimen. ¿Apoyar a ese régimen significa acaso apoyar las enseñanzas de Jesucristo, sobre él sea la paz? ¿O las de Moisés, sobre él sea paz? ¿O acaso se ajusta a las doctrinas del liberalismo? ¿Acaso el otorgarle el derecho a elegir el destino de todos los territorios palestinos a sus habitantes originarios, estén fuera o dentro de Palestina, sean musulmanes, judíos o cristianos, contradice los principios más fundamentales de la democracia, los derechos humanos y las enseñanzas de los profetas? Si no lo contradice, ¿por qué se está en contra de un referéndum?

Recientemente ha llegado al poder un gobierno palestino gracias al voto del pueblo palestino. Todos los observadores imparciales han ratificado que este gobierno ha sido elegido por el pueblo. Increíblemente, han presionado al gobierno electo y se le ha dicho que debe reconocer oficialmente el régimen de Israel, abandonar su resistencia y seguir el programa del gobierno anterior. Si el actual gobierno de Palestina hubiese anunciado de antemano que iba a seguir esa política, ¿habría sido elegido por los palestinos? ¿Esta manera de posicionarse ante el Gobierno palestino puede compararse a los valores antes mencionados? También la gente pregunta porqué se veta toda resolución que se aprueba en el Consejo de Seguridad contra el régimen sionista. Señor presidente: Usted sabe que yo vivo con el pueblo y que continuamente me mantengo con él en contacto, que mucha gente en Oriente Medio está de alguna manera en contacto conmigo. Ellos consideran que las políticas de múltiple rasero no son compatibles con ninguna lógica. Los indicios apuntan a que el común de los pueblos de la zona está cada día más irritados con las políticas practicadas.

No pretendo formular muchas preguntas pero quiero hacer referencia a varios puntos más. ¿Por qué se considera que todo progreso técnico o científico en Oriente Medio se interpreta y se anuncia como una amenaza contra el régimen sionista? ¿No es acaso la labor científica y de investigación una parte de los derechos fundamentales de las naciones? Posiblemente usted conozca la historia. Obviando la Edad Media, ¿en qué coyuntura de la historia y en qué parte del mundo se ha considerado que el progreso técnico y científico sea un delito? ¿Acaso la posibilidad de que éstos puedan tener un uso militar puede ser razón para oponerse a las ciencias y a las tecnologías? Si se da como correcta esta conclusión, entonces se debería estar en contra de todas las ciencias, incluso de la física, de la química, de las matemáticas, de la medicina, de la ingeniería, etcétera. En cuanto al asunto de Irak, se dijo una mentira, ¿cuál ha sido la consecuencia? No me cabe duda de que todas las sociedades del mundo desaprueban la mentira y de que a Su Excelencia no le gusta que le mientan.

Saturday, May 06, 2006

A donde va el dinero de la Ummah? Mirad, mirad...

Mientras gran parte de la Ummah se muere de hambre o vive en condiciones infrahumanas, estos personajes viven en la mas absoluta opulencia, gracias al dinero perteneciente a la Ummah. Fijaos que los 5 hombres mas ricos del mundo son nuestros dirigentes politicos. No me extrana que las cosas vayan como van... Ah! Y fijaos como el periodista que escribe el articulo aprovecha para comentar que el hombre mas rico del mundo es el guardian de las 2 ciudades santas del Islam y que aplica estrictamente la ley islamica en Artabia Saudi, vamos, como si este hombre fuera el ejemplo viviente de lo que es el Islam. Astaghfirullah! Esta gente se ha enriquecido personalmente con los recursos que Allah (swt) dio a la Ummah y los han vendido a los enemigos del Islam por avaricia. Inshah Allah que esta situacion cambie y se imparta justicia pronto.


El rey Abdullah de Arabia Saudí, el dirigente más rico del mundo con un patrimonio de 21.000 millones de dólares
06/05/2006 Xabier Ventura

Fuente: La Vanguardia

La lista de los diez dirigentes más ricos del mundo de la revista Forbes está encabezada este año por el nuevo rey de Arabia Saudí, Abdullah Bin Abdelaziz, de 82 años, que con un patrimonio personal de 21.000 millones de dólares toma el relevo a su antecesor, el rey Fahd, fallecido el pasado octubre, que lideró la del pasado año con 25.000 millones.

Un portavoz de Forbes reconoció ayer que esta lista es siempre problemática, puesto que "es muy difícil en ciertos casos separar la fortuna personal de la que es del propio Estado". "Algunas fortunas se remontan a centenares de años atrás y hay muchas trampas y triquiñuelas en algunas situaciones. Por ello, separamos esta lista de la que también cada año ofrecemos de los multimillonarios mundiales,", dijo Luisa Kroll, editora de la revista. Los enormes beneficios que genera el petróleo y el gas determinan que los primeros puestos de la lista estén ocupados por gobernantes árabes.

Tras el rey de Arabia Saudí - el guardián de las dos ciudades santas del islam y que aplica en su país de manera estricta la regla islámica-, figura el sultán de Brunei, Haji Hasanal Bolkiah, de 59 años, con 20.000 millones de dólares (16.000 millones de euros). Les siguen el presidente de los Emiratos Árabes, el jeque Jalifa Bin Zayed Al Nahyan, de 58 años, con 19.000 millones de dólares (15.200 millones de euros) y el príncipe heredero de Dubai, el jeque Mohamed Bin Rashid Al Maktum, de 56 años, con 14.000 millones de dólares (11.200 de euros).

Frente a las cifras de los gobernantes árabes, las de los aristócratas europeos que figuran en la lista son mucho menores. Así, el primero de los representantes de las casas reales europeas es el príncipe Hans-Adam II de Liechtenstein, con un patrimonio de 4.000 millones de dólares, al que la revista califica de "déspota", ya que ejerce el control total ejecutivo; mientras que la reina Isabel II de Inglaterra, con 500, es la única de la lista que ha perdido dinero con respecto al año anterior, en que se le atribuían 660 millones.