Articulos de Islam-Ammiyasin

Blog sobre Islam y actualidad-politica.

Saturday, August 12, 2006

LA VIDA DE LOS NO MUSULMANES EN EL CALIFATO

El Califato es un sistema politico unico cuya ideologia es el Islam, pero no se parece en nada a ninguno de los gobiernos musulmanes que conocemos hoy en dia. El Califato se basa en el concepto de ciudadania, sin importar la etnia, genero o credo y se opone a la opresion de cualquier grupo religioso o etnico.

Los no musulmanes tienen un estatus honorable en el Califato. Se les llama dzimmi (la gente del contrato), lo que significa que son ciudadanos iguales que los musulmanes y disfrutan de todos los derechos de la ciudadania. Al contrario que muchos paises, no se les denomina "minorias etnicas" o "inmigrantes", ya que esto implica que son ciudadanos de segunda categoria.

El Profeta Muhammad (saw) dijo: "Quien hace danio a un dzimmi me hace danio a mi"

EL GOBIERNO

El Califa es el lider del Califato. El y su gobierno creen en el Islam y su motivacion es adherirse estrictamente a lo escrito en la ley, ya que saben que seran juzgados por sus acciones cuando mueran. Esta creencia hace que los politicos en el Califato sean honrados y responsables. Son elegidos por sus meritos y no por "favores politicos". A pesar de esto, el califa y los miembros del gobierno son humanos y pueden cometer errores y crimenes. Por eso existe una corte judicial independiente llamada Mahkmat muzalim (Corte de los Actos Injustos) que juzgaria a cualquier miembro del gobierno, incluido el califa, si rompen el contrato de gobierno y cometen alguna injusticia.

La consultacion es uno de los pilares del gobierno y existiria en la capital y en todas las provincias del Califato una camara de Representativos o Majlis ash-shura. Esta consiste en un grupo de hombres y mujeres de todas las religiones y grupos etnicos del Estado. Los representantes de los no musulmanes tienen garantizado su lugar en la Camara para expresar las preocupaciones que su comunidad tiene. No se les obliga a prestar ningun juramento que contradiga sus creencias para formar parte de la Camara.

A los no musulmanes se les anima a que formen parte del servicio civil para que utilicen sus habilidades y conocimientos para ayudar al gobierno Islamico. Los judios, tras ser expulsados de Espana en el siglo XV, fueron bienvenidos en el Califato donde contribuyeron enormemente tanto en el estado como lo harian en el futuro. Medicos judios de la escuela de Salanca fueron empleados al servicio del Califa, y en muchos lugares la cristaleria y metalurgia eran monopolios de los judios. Ademas, con su conocimiento de diferentes lenguajes fueron grandes competidores de los mercaderes venecianos.

EL SISTEMA LEGAL

Cualquiera que cometa un delito sera llevado a juicio y juzgado por un juez, incluido el califa y su gabinete. El Califa puede ser juzgado y depuesto de su cargo si viola el contrato (baya).
El Juez no acepta evidencias circunstanciales como prueba legal, y solo se permite declarar a testigos honorables, sean musulmanes o no musulmanes.

ECONOMIA

En el Califato no hay interes, por lo que la riqueza se crea invirtiendo en vez de ahorrando. De esta forma la riqueza esta continuamente circulando, lo que produce un gran crecimiento economico y baja tasa de paro.

Las companias privadas no pueden ser duenas de recursos naturales como el gas o el petroleo. Estos son propiedad de los ciudadanos y administrados por el gobierno. Los beneficios van a la Tesoreria o Bait ul-Mal y se utilizan para el interes de los ciudadanos. la Camara de Representantes aconseja al Gobierno donde se debe gastar el dinero.

En el Califato los impuestos se pagan sobre el exceso de ganacias, no sobre lo que se gana y no hay impuestos regresivos como el IVA. Los unicos impuestos para companias es el impuesto de tierra para la agricultura (Ushur y Khara). Las companias no agricolas no pagan estos impuestos. Las companias de los musulmanes deben pagar zakat.

Los no musulmanes pagan un impuesto llamado Jizya, el cual les da todos los derechos como ciudadanos y les exenta del Servicio Nacional y de tasas especificas para musulmanes como el zakat. La Jizya es una cantidad menor a pagar que el zakat, por lo que los no musulmanes pagan menos impuestos que los musulmanes en el Califato.

En el Califato no hay que pagar Seguridad Social para la salud publica, pensiones y otros beneficios estatales. La Sanidad es gratis, incluidos dentista, optica y recetas.

VIDA COMUNITARIA

Los no musulmanes no son aislados en guettos en el Califato. Musulmanes y no musulmanes viven juntos como vecinos, en comunidad. Las calles son lugares seguros para que los ninos jueguen. La gente no puede molestar a sus vecinos con ruidos, deben preocuparse de ellos y ayudarse mutuamente.

No se tolera el comportamiento antisocial y existen inspectores (qadi hisbah) con el poder de imponer multas instantaneas.

El alcohol esta permitido para los no musulmanes, pero en privado o en sus bares, no en publico.

RELIGION

El Califato no puede presionar o forzar a los no musulmanes a convertirse en musulmanes. Iglesias, sinagogas y templos son protegidos por el Califato.

RELACIONES INTERNACIONALES

El Califato no entra en guerras basandose en mentiras. Su unico proposito para ir a la guerra es acabar con las injusticias e implementar un nuevo sistema para que la gente viva en paz. En la historia vemos que el Califato gano el corazon y las mentes de las gentes cuyas tierras ocuparon. Nunca les trataron mal ni les empobrecieron, como ocurre hoy en dia...

El Califato anima a los no musulmanes de otros paises a que visiten el califato, estudien en sus universidades y comercien con el. Se firman tratados economicos y culturales para facilitar esto. Cualquier no musulman de otro pais con el cual el Califato tiene un tratado puede entrar sin necesidad de un visado. A estas personas se les llama Mu'ahid y tienen una proteccion similar a la de los dzimmies. En la Historia vemos que muchos sabios y cientificos de Europa iban al Califato y estudiaron en las universidades de cordoba, Cairo y Baghdad.

El Ejercito del Califato sigue estrictas normas cuando estan en guerra (jihad). Los soldados no luchan por odio o rabia, sino por agradar al Creador (Allah). Los no musulmanes no son obligados a luchar en el ejercito, aunque pueden formar parte de las Fuerzas Armadas si asi lo desean. En caso de guerra, los musulmanes tienen la responsabilidad de luchar y proteger a los no musulmanes.

La tortura esta absolutamente prohibida y sus perpetradores seran castigados severamente.Cualquier evidencia obtenida mediante tortura no sera legalmente admitida en juicio.

Los servicios de Inteligencia y Policia no pueden espiar a los musulmane ni a los no musulmanes. Las escuchas telefonicas son prohibidas e inadmisibles.


Cuando el Califato gobernaba en Jerusalen, protegio la Sagrada Iglesia de los cristianos, la Iglesia del Santo Sepulcro (en la foto). Las llaves de esta iglesia han sido custodiadas durante siglos por la familia musulmana Nusseibeh, quien hasta hoy en dia sigue abriendo y cerrando sus puertas diariamente. (Mas informacion aqui: http://198.62.75.1/www1/jhs/TSspclos_Es.html )

Fuente: http://www.caliphate.co.uk/

Traduccion: Aishah Ammiyasin

17 Ragab 1427 Higri - 12 de Agosto de 2006

Tuesday, August 08, 2006

Los derechos de los dzimmíes

El Islam reconoce a los dzimmíes (las minorías no musulmanas en el seno de una sociedad mayoritariamente musulmana, en especial cristianos y judíos) los mismos derechos que tienen los musulmanes salvo en cuestiones determinadas, del mismo modo en que pesan sobre ellos las mismas obligaciones salvo excepciones equivalentes a los derechos que se les niegan.

1. Derecho a la protección
El primero de estos derechos es el de disfrutar de la protección y garantías de la administración. Esta protección es frente a cualquier agresión, ya sea extranjera, ya sea proveniente del interior.

A) Protección ante una agresión exterior: El Imam o jefe de la comunidad musulmana está obligado a defender las vidas los intereses tanto de los musulmanes como de los no-musulmanes cuando sufran cualquier agresión, haciendo uso de sus facultades legales y militares para detener un ataque contra ellos, sea contra todos los ciudadanos o contra un grupo de entre ellos. En el libro Matâlib ûlî n-Nuhà, una de los principales manuales de la escuela de derecho hanbalí, podemos leer: "Es obligación del Imam proteger a las gentes de la Dzimma e interponerse entre ellos y quien quiera agredirles, así como liberar sus prisioneros y expulsar a los agresores. Y esta protección les debe ser dada tanto si son comunidades como a los individuos aislados". Al-Qarâfi, perteneciente a la escuela mâliki de derecho islámico recoge en su obra al-Furúq la siguiente sentencia de lbn Hazm de Córdoba: "Quien pertenezca a la Dzimma, cuando alguien ataque nuestro país con la intención de causarles daño, es nuestra obligación salir al encuentro del enemigo con armas y morir por ellos, guardando a quienes Allah y su Profeta nos han ordenado proteger por siempre. Menospreciar esta obligación que nos impone el Corán y la Sunna constituiría una grave violación del pacto de la Dzimma". A continuación, al-Qaráfi afirma que estas palabras de lbn Hazm expresan el consenso de todos los expertos en derecho islámico. Y por último, este jurista mâllki concluye con la siguiente apostilla: "Un pacto que nos impone nuestras vidas y bienes por otros es algo grave cuya importancia no puede ser negligida". La postura de lbn Taymiyya, delegado por el sultán de Damasco como negociador cuando los tártaros se apoderaron de Siria, ilustra este punto en lo concerniente al estatuto de los dzimmíes. En sus conversaciones con el General tártaro tuvo que tratar sobre la cuestión de los prisioneros que los invasores habían hecho entre la población, y le dijo cuando se negó a entregarle a los dzimmíes creyendo que no se preocupaba por ellos: "No aceptaremos sino que liberes a todos los prisioneros, incluidos los cristianos y judíos, pues ellos pesan sobre nuestra conciencia según un pacto impugnable que no tenemos derecho a traicionar". Ante la insistencia de lbn Taymiyya, el jefe tártaro tuvo que claudicar finalmente y entregarle todos los prisioneros.
B) Protección ante una agresión interior: La Tradición islámica es tajante en esta cuestión y prohíbe a los musulmanes agredir física o moralmente a los dzimmíes, pues si hay algo que el Corán deja bien claro es que "Allah no ama a los agresores ni a los injustos". Y no sólo no los ama sino que los amenaza con terribles castigos en esta vida y tras la muerte. Muchos textos subrayan lo definitivo de esas palabras coránicas. El Profeta dijo: "Yo me querellaré ante Allah contra aquél que sea injusto hacia alguien con quien haya pactado, quien viole alguno de sus derechos o le imponga algo superior a sus fuerzas o le arrebata algo sin su consentimiento" (as-Súnan al-Kubrà). Y también enseñó: "Quien dañe a un dzimmí es mí adversario, y quien rivalice conmigo rivalizará contra Él el Día de la Resurrección". En otra ocasión el Profeta dijo: "Quien moleste a un dzimmí me molesta a mí, y quien me moleste a mí molesta a Allah. Los relatos ejemplares sobre el trato dado a cristianos y judíos en las primeras épocas del Islam son innumerables y reflejan una preocupación generalizada. Se nos cuenta, por ejemplo, que Omar, el segundo de los cuatro califas de Medina, preguntaba a todas las delegaciones emisarios que se presentaban ante él por la situación de los dzimmíes en sus respectivas provincias, y le respondían: "Hay fidelidad"", es decir, somos fieles al pacto de la Dzimma que el Profeta contrajo con ellos para siempre y que los musulmanes heredan (véase el relato en at-Târîj de al-Tabari). En al-Mughni encontramos las siguientes palabras de Ali: "Los dzimmíes entregan la yizia para que sus vidas y sus bienes sean como los nuestras". Los alfaquíes, pertenezcan a la escuela de derecho a la que pertenezcan, han afirmado e insistido en que es obligación del Imam evitar que un musulmán cause cualquier tipo de daño a los dzimmíes, así como guardar sus intereses, pues desde el momento en que el Profeta les concedido su Dimma o Protección pertenecen a la Casa del Islam. Incluso ha habido alfaquíes que han declarado que violar los derechos de un dzimmí es peor que hacerlo con un musulmán (puede verse en la fflishia de Ibri 'Abid^ln).

2. Derecho a la vida física
El derecho a la protección implica la inviolabilidad de sus vidas y cuerpos. El Profeta dijo: "Quién mate a alguien con el que tenga contraído un pacto no olerá el perfume del Paraíso" (al-Bujári). Según estas palabras, tal acto es considerado como un delito grave que impide al musulmán la consecución de su más alta aspiración espiritual. El Corán establece la pena de muerte para quien cometa un homicidio. ¿Debe un musulmán ser condenado a muerte por el asesinato de un dzimmí. Sobre este asunto hay divergencias. Según algunos alfaquíes se le aplica la condena si lo ha matado a traición y por arrogancia, como sucedió a un musulmán que mató a un copto y fue condenado a muerte por Abâna ibn 'Uzmân, emir de Medina y tenido por uno de sus más eminentes alfaquíes. No obstante, según otros juristas, como Abû Hanîfa, las condiciones para la pena son las mismas que en todos los casos, ateniéndose el juez al Corán y a la Sunna que no establecen diferencias (salvo algunos hadices que no tienen en cuenta debido a lo categórico de otros textos) considerando que la Dzimma establece una protección absoluta de la vida de los dzimmíes. Es decir, se olvida el castigo sólo si los parientes de la víctima perdonan al asesino, tal como ocurre con los musulmanes. Se cuenta que ante 'Alí, el cuarto de los califas de Medina, fue presentado un musulmán acusado de haber matado a un dzimmí, y se pudo probar que efectivamente era el autor del asesinato. Por tanto, se ordenó ejecutarlo, pero en ese momento se presentó el hermano de la víctima y anunció que perdonaba al asesino. 'Alí se negó a suspender la ejecución pensando que tal vez lo habían amenazado, pero el dzimmí le dijo: "Su muerte no me devolverá a mi hermano, y convenció al califa de haber tomado la decisión libremente (este relato aparece en las antiguas recopilaciones de at-Tabarâni y at-Baihaqi). Un gobernador preguntó al califa omeya 'Omar ibn 'Abd al-‘Aziz qué debla hacer en el caso de un musulmán que habla matado a un dzimmí, y 'Omar le ordenó dejar la decisión a la familia de la víctima. Ésta no perdonó al asesino que fue entonces ejecutado (as-Súnan al-Kubrà). Según estos precedentes, por lo mismo se amputa la mano al que roba a un dzimmí. Ésta fue la práctica en el Imperio Otomano que estableció la igualdad ante la ley de todos sus ciudadanos, siguiendo con ello el ejemplo de las épocas clásicas del Islam. En cuanto al hadiz supuestamente discriminador en el que el Profeta dice que no debe ser condenado a muerte un musulmán a causa de un no musulmán, es interpretado por los alfaquíes como referencia al enemigo en estado de guerra. Junto a la protección de la vida se enumera el derecho a la integridad física. En los tratados de jurisprudencia se señala que no pueden ser sometidos a ningún arbitrariedad, ni tan siquiera someterlos a guardar cola bajo el sol. Hakîm ibn Hishám, que había sido antiguo compañero del Profeta, vio en Alepo a un recaudador de impuestos ante el que unos nabateos esperaban expuestos al sol para pagar su impuesto, y Hakim le dijo: "¿Qué es esto? He oído decir al Profeta que Allah torturará a los que torturen a la gente en el mundo" (Muslim). ‘Ali, dando órdenes a uno de sus administradores, le dijo: "Cuando vayas a recaudar sus impuestos (se refiere a los dzimmíes) no aceptes que te den ropa en invierno ni nada de aquello con lo que se alimenten ni tomes animales que les sirvan para trabajar. No golpees a ninguno por dinero ni le obligues si se niega a pagar. No vendas las propiedades de nadie para cobrar el impuesto. Se nos ha ordenado en el Corán que tomemos lo que bien puedan damos. Si contravienes lo que te ordeno piensa en Allah al que debieras temer más que a mí. Si me llega la noticia de que has cometido alguna injusticia no dudes que te destituiré". El recaudador le dijo: "Silo hago así volveré tal como me voy". Y ‘Ali replicó: "Aunque vuelvas como te vas" (Podemos leer este relato en al-Jarây de Abû Yûsuf la obra más antigua sobre impuestos en el Islam).

3. El derecho a la propiedad
Según Yûsuf al-Qardâwî, los musulmanes de todas las escuelas, de todas las regiones y de todos los tiempos están de acuerdo sobre la inviolabilidad de los bienes de los dzimmíes (véase en Ghayr al-Muslimîn fi l-Muytama ‘al-Islâmi). Abu Yûsuf en su libro al-Jarây sobre impuestos recoge la siguiente tradición: "El Profeta declaró acerca de los cristianos de .Nayrân: Nayrân y sus alrededores pertenecen a nuestra vecindad y a la de Allah. Su garantía que puede prestarles obliga al Profeta a ordenar a los musulmanes que no violen sus bienes, ni sus creencias, ni su comercio, ni nada que halla bajo sus manos, sea poco o mucho...". 'Ornar, el segundo califa, escribió a 'Ubavda ibn al-Yarrâh, uno de sus generales: "Impide que los musulmanes se atrevan a causar a los dzimmíes cualquier daño y que les arrebaten el sustento, salvo el que ellos quieran compartir". Gracias a estos precedentes, se castiga al que robe a un dzimmí y se le devuelve su patrimonio si le ha sido quitado injustamente. De igual modo, la Ley islámica establece que hay que respetar las deudas contraídas con ellos, condenándose con prisión al que pudiendo hacerlo se niegue a saldar su deuda. El respeto a sus bienes y propiedades es absoluto, incluso cuando estos no sean considerados como tales por los musulmanes. Por ejemplo, el vino y los cerdos no son considerados por el derecho musulmán como riquezas a respetar entre los musulmanes: destruirlos no es considerado una falta, incluso se considera meritorio. Pero si su propietario es un dzimmí no está permitido causarles daño alguno, y el musulmán que lo hiciere sería multado, tal como dictan los manuales hanafíes.

4. El derecho al honor
El Islam garantiza el derecho al honor y a la intimidad tanto de los musulmanes como de los dzimmíes. Nadie puede insultarlos impunemente ni arrojar contra ellos acusaciones indemostrables. ni mentirles descaradamente, ni darles apodos que no deseen, ni calumniarlos, ni negarles su genealogía. En al-Furûq, al-Qaráfi escribió: "El pacto de la Dzimma nos obliga respecto a ellos porque están en nuestra vecindad y bajo nuestra protección en tanto que somos mayoría. La garantía se la ha concedido Allah, su Profeta y la nación del Islam. Quién los agreda y ofenda aunque sólo sea de palabra pone en entredicho a Allah, a su Profeta y a los musulmanes, y comete con ello una falta grave". En ad-Durr al-Mujtâr, manual de derecho hanafí, se dice: “Es obligación del Imam impedir incluso con la fuerza cualquier daño que se pueda hacer a un dzimmí, incluso las calumnias que puedan decirse de él, pues lo mismo en que están condenadas y penadas entre nosotros, deben estarlo en relación a ellos”. 5. Garantía social en caso de incapacidad, vejez o pobreza En el ideal del Islam se encuentra el que la administración se hacía cargo de las necesidades inmediatas de quienes no puedan cubrirlas. En los tratados de Fiqh o jurisprudencia islámica esta obligación se hace extensible a los no-musulmanes, los dzimmíes_ Un ejemplo de esta práctica lo tenemos en el pacto suscrito por uno de los compañeros del Profeta. Jâlid ibn al-Walîd. con los cristianos de Iraq: "Cualquier cristiano que a causa de la vejez no pueda mantenerse, el enfermo y el pobre que viva de las limosnas de la gente de su religión, estará exento del pago de la yizia y será mantenido con bienes del Tesoro de los musulmanes, tanto él como los que dependan de él" (ad-Durr al-Mujtár). Este acuerdo se concluyó en tiempos de Abû Bakr, primero -le los califas de Medina, y lo presenciaron testigos acreditados entre los musulmanes. Abû Bakr no opuso nada a este acuerdo, por lo que la suma de estos factores es considerado consenso sobre un precedente que obliga a los musulmanes de generaciones posteriores. ‘Omar, el segundo califa, vio en cierta ocasión un anciano judío que pedía limosna. Le preguntó por la causa de su pobreza. y le respondió que la vejez le impedía ganarse la vida. 'Omar lo condujo hasta la casa del Tesoro de los musulmanes y encargó al responsable que fijara una cantidad regular para su mantenimiento así como la de todos los que se encontraran en su caso, y dijo: “No hemos sido justos con él: mientras era joven tomábamos sus impuestos, y en su vejez lo hemos defraudado” (en al-Jarây de Abú Yûsuf). Un acreditado historiador omeya, al-Baládzuri, afirma que los recaudadores musulmanes de Damasco se encargaban de repartir regularmente entre los cristianos leprosos ayudas que cubrieran su sustento y sus necesidades más básicas (Futúh al-Buldán). An-Náwawi, uno de los grandes alfaquíes de la época clásica del Islam sostenía que era obligación de la administración mantener económicamente a todos los necesitados, fueran o no musulmanes, y la obligación pasaba a ser de cada musulmán cuando el tesoro público no fuera suficiente (al-Minháy). Un comentarista de la obra de an-Nawawi, el shâfi`i Shams ad-Din ar-Ramli, subrayó especialmente la mención a los dzimmíes como obligación que no podía ser desatendida, y luego analiza lo que debe ser entendido por necesidades que deben ser cubiertas: “Las necesidades básicas que deben ser atendidas son las referentes a la vestimenta, teniendo en cuenta el clima y las estaciones así como todo lo homologable a la alimentación, incluido el sueldo de un médico, el precio de los medicamentos o un criado que se dedique a la atención del necesitado cuando su estado lo requiera, todo lo cual está claro que son necesidades", y por último añade este comentarista: "Y otra cuestión que tiene que atender el Tesoro es la de los prisioneros, musulmanes o dzimmíes, que hayan sido capturados por el enemigo" (Nilháyat al-Muhtáv).

6. Libertad religiosa
Un dzimmí no puede ser obligado a abandonar su religión, ni presionado de ningún modo para que renuncie a sus creencias. El fundamento está en el mismo Corán: "El Islam no puede ser impuesto" (al-Báqara, 256), y también: "¿Es que puedes obligar a las gentes a ser creyentes?” (Yûnus, 99). lbn Kazîr en su Tafs¡r, comentando el primero de estos versículos, dice: “No obliguéis a nadie a entrar en el Islam, porque es claro y evidente en sus argumentos y pruebas., y no exige por tanto que se lo impongáis a nadie". Una de las prácticas extrañas en la época preislámica y durante los primeros años del Islam en Medina era que las mujeres estériles hacían el voto de hacer judíos a sus hijos si llegaban a tenerlos, de modo que en la comunidad israelita se podía encontrar a niños que, con la conversión de sus padres al Islam, pasaban a tener ascendencia musulmana. Cuando los padres intentaron recuperar a sus hijos, el Profeta les repitió el versículo mencionado: "El Islam no puede ser impuesto”. En esos momentos se había desatado en la ciudad un agudo conflicto entre musulmanes y judíos, pero a pesar de que los musulmanes querían rescatar a sus hijos de la subordinación a sus enemigos, a pesar de las circunstancias en que habían pasado a formar parte de la comunidad judía, a pesar de todo el Corán se oponía a cualquier violencia por motivos de pertenencia a un grupo. El Corán enseña a respetar las creencias y los templos de los no-musulmanes en cualquier caso, sean o no dzimmies. Es más, el Corán declara lícito combatir para proteger las convicciones: "Queda autorizada la lucha a aquéllos que son objeto de injusticia. Allah los ayudará. Es lícito combatir para aquéllos que han sido expulsados de sus hogares sin razón, y sólo porque han dicho: ¡Vuestro único Señor es Allah. Si no fuera porque Allah empuja a unos hombres contra otros hubieran sido destruidas las ermitas, las sinagogas, las oraciones y las mezquitas en las que se recuerda con energía el nombre de Allah” (al-Hayy,38-39). Una de las cláusulas con la que los musulmanes se obligaban a sí mismos cuando se les rindió Jerusalem era la siguiente: “Ésta es la garantía que ofrece 'Omar ibn al-Jattáb a los habitantes de Jerusalem: les garantiza sus vidas, sus bienes, sus iglesias, sus crucifijos y todo lo que tenga que ver con sus creencias. Sus iglesias no serán habitadas por musulmanes, ni se destruirán, ni se les arrebatará nada de sus enseres. No serán obligados a abandonar su religión..." (en at-Tárif de at-Tabari). Jálid lbn al-Wâlîd prometió a los cristianos que “...podrían hacer sonar las campanas de sus iglesias a la hora que quisieran, fuera de día o de noche, salvo en los momentos en que los musulmanes realizaran sus oraciones, así como sacar las cruces los días de sus fiestas" (al-Jaráv de Abú Yúsut). Debemos recordar que estas citas están cogidas de fuentes respetadas por los musulmanes y tienen un valor ejemplar que todos estiman debido a la autoridad moral de los sabios a los que se atribuyen estas decisiones, que se convierten en precedentes vinculantes. Lo único que el Islam exige de los dzimmíes es que respeten la sensibilidad de los musulmanes. Esto ha hecho que algunos alfaquíes opinen que no deben hacer gala de su religión en público ni erigir iglesias o sinagogas donde antes no las hubiera. Pero a pesar de esta extendida opinión, la práctica a este respecto ha sido la de una permisividad casi absoluta. Efectivamente, no han dejado de ser construidas nuevas iglesias y sinagogas en espacios mayoritariamente musulmanes, incluso en lugares donde nunca habían existido, como en Fustat, una ciudad egipcia construida por los musulmanes. El historiador al-Maqrizi enumera muchos ejemplos de templos renovados o nuevos durante la época omeya y abbasí. Incluso insinúa que el esplendor del Islam enriqueció a las comunidades dzimmíes que expresaron su auge con la construcción de numerosas iglesias v sinagogas.

7. Derecho al trabajo
Los no-musulmanes en el seno de una sociedad mayoritariamente islámica tienen libertad para desempeñar los trabajos que deseen, a cuenta propia o de otro, hacer contratos y practicar el comercio, las artes o las ciencias, en pié de igualdad con los musulmanes. Los alfaquíes han declarado este derecho con claridad, afirmando que no se puede poner más limite a sus transacciones que las imponibles a los musulmanes. Esto excluye la práctica de la usura que no es tolerada de ningún modo en el Islam. A este respecto existe un antecedente fuerte. El Profeta envió a los zoroastrianos de Hayar la siguiente orden: "0 abandonáis las prácticas usureras o preparaos para la guerra que os declararán Allah y su Mensajero". Igualmente, aunque se les consienta la tenencia de bebidas alcohólicas y cerdos, no se les permite comerciar con ellos en tierras del Islam de una forma abierta o provocativa. Ni tampoco consumirlos en público, en atención a no molestar con ello a los musulmanes. A parte de estas excepciones que afectan a todos, la libertad es total tal como atestigua la historia del Islam. Los dzimmíes incluso crearon gremios monopolizando profesiones muy lucrativas como el cambio de moneda o la farmacia y otras, acumulando grandes fortunas exentas de impuestos islámicos salvo la generalmente exigua yizia que además sólo se imponía a los miembros de las comunidades dzimmíes capaces de llevar armas, es decir, sólo a los varones jóvenes Y sanos.

8. Derecho a ocupar cargos en la administración
Nada impide a los dzimmíes acceder a puestos de responsabilidad en el sistema administrativo salvo los directamente relacionados con la gestión del Islam en sí, así como las funciones militares v la administración de justicia a musulmanes (los dzimmíes tienen sus propios tribunales). Tampoco pueden aspirar a la jefatura suprema del país pues ésta Implica el rango de sucesión del Profeta que sólo puede ocupar, como es lógico, un musulmán. El Imam no puede ser dzimmí porque es el que guía a los musulmanes en el cumplimiento del Islam, es un ejemplo para ellos, no siendo el suyo un simple cargo administrativo. Al margen de estos puestos vinculados al Islam, el dzimmí puede ejercer cualquier otro. En sus Ahkám Sultaniva, al-Máwardi, uno de los grandes alfaquíes de la época abbasí, admite la licitud, desde un punto de vista estrictamente islámico, de que un dzimmí ocupe el cargo de primer ministro. De hecho, los abbasíes tuvieron ministros cristianos en repetidas ocasiones. Y ya antes que ellos, el primer omeya tuvo un secretario cristiano. Hubo épocas en que los dzimmíes llegaron a copar en buena media la administración de países musulmanes, y no faltaron quejas contra sus gestiones como tampoco éstas escaseaban cuando eran musulmanes los que desempeñaban esas funciones. Pero la situación se hacía escandalosa cuando su poder amenazaba la autoridad de los mismos alfaquíes como sucedió varias veces de las que hay testimonios en la poesía popular y en la culta de distintas épocas. Por ejemplo, un poeta egipcio, al-Hasan ibn Jáqán, llegó a escribir: "Los judíos de nuestro tiempo han alcanzado lo máximo a lo que se puede aspirar: ya son reyes. Tienen la gloria y las riquezas, y entre ellos encuentras al ministro y al rey. ¡Gentes de Egipto! si queréis oír mi consejo, hacéos judíos! El universo se ha convertido al judaísmo" (recogido en Husn al Muhadâra de as-Suyuti). Y este extremo, por supuesto exagerado por el poeta, fue posible porque nada limitaba a los dzimmíes el acceso a puestos claves de la administración. Otro ejemplo lo tenemos en el Imperio otomano que, sobre todo en su último período, confió a los dimmíes importantes misiones diplomáticas que no siempre llevaron a cabo con lealtad.

9. Garantías de los derechos
El Islam formula esos derechos, ahora bien, ¿cómo los garantiza? En primer lugar los garantiza la autoridad innegable que tiene el Corán entre los musulmanes: "Cuando Allah toma una decisión, ningún creyente ni ninguna creyente tienen derecho a elegir por sí mismos" (al-Ahzáb, 36). El imperativo coránico tiene entre ellos una fuerza definitiva e incontestable, Y si el Islam es un hecho tan homogéneo en sus características fundamentales, si sus enseñanzas son tan universalmente aceptadas sin existir discrepancias, a pesar de la ausencia de instituciones encargadas de su protección y difusión, es debido sin duda al peso absoluto del Corán sobre las consecuencias. Es suficiente conocer a musulmanes para darse cuenta de que no se toman a la ligera las enseñanzas contenidas en el Libro revelado. El mundo islámico es movido por un visceral respeto a la fuente misma del Islam, y el hecho de que algo aparezca ordenado en sus páginas es suficiente para asegurar su cumplimiento a rajatabla, o al menos el musulmán aspira a seguirlo a rajatabla como signo de adhesión inquebrantable a su propia consciencia. El Corán ordena innumerables veces dejar de lado el egoísmo, los intereses personales, las rencillas y los valores individuales para abrir paso a sus enseñanzas destinadas a construir una comunidad con un claro ideal de justicia y equidad por encima de particularismos y pertenencias. Y si bien no puede esperarse que todos y cada uno sean estrictos en su cumplimiento con las enseñanzas del Islam, la sociedad musulmana en su conjunto se hace responsable de corregir actitudes individuales que se aparten de la regla común. Un dzimmí dañado en sus derechos no tardará en encontrar a quien lo apoye en su causa, como ha sucedido en muchas ocasiones. Y si es un gobernador el que comete la injusticia se encontrará con la oposición de los alfaquíes creadores de la opinión común del respeto debido a las minorías. En cualquier caso, es prácticamente imposible que los dzimmíes se encuentren aislados en un contexto musulmán. Siempre se alzará junto a ellos una voz de protesta que no callará hasta no ver restaurados los derechos que les garantizan el Corán v la Tradición. Un ejemplo gráfico, y repetido., es la postura de al-Awza`i, uno de los primeros formuladores de la jurisprudencia islámica: el gobernador abbasí de su tiempo ordenó desterrar a una comunidad dzimmí que habitaba en un pueblo de la sierra del Líbano porque algunos de ellos se habían opuesto a pagar la vizia. El tal gobernador era pariente próximo del mismísimo califa. Al-Awza`i le envió el siguiente mensaje: “¿Cómo te atreves a castigar a muchos por la falta de unos pocos? ¿Por qué expulsas a inocentes de sus casas y de sus tierras? El Corán dice: Que un mal no siga a otro. Esta es la enseñanza que debes seguir y el ejemplo que debes imitar. Guarda las palabras del Profeta, que dijo: “Yo soy el contrincante de aquél que dañe a un dimmí o lo sobrecargue con lo que no pueda soportar. No son esclavos, sino libres, y ningún derecho tienes a obligarles a cambiar de residencia” (en Fútûh al-BuIdán de al-Baládzuri). Ninguna injusticia cometida contra los dzimmíes ha sido larga. Los anales del Islam recogen la siguiente historia: el califa omeya al-Walîd ibn 'Abd al-Malik confiscó a los cristianos una iglesia para permitir el agrandamiento de una mezquita. Cuando le sucedió a la cabeza de los musulmanes 'Omar ibn 'Abd al-'Aziz se presentaron ante él los cristianos quejándose de su antecesor. El nuevo califa ordenó que les fuera devuelta la iglesia aunque para ello hubiera que demoler la mezquita (Futúh al-Buldán). Al-Walîd ibn Yazid mandó deportar a los dzimmíes de Chipre ante la inminencia de un ataque bizantino. Aunque lo hacía para protegerles, estos no querían abandonar sus tierras e hicieron pública su queja, que llegó a todos lados. Hubo una reacción inmediata a su favor por parte de los alfaquíes y del pueblo llano, y al-Walîd tuvo que retractarse de su decisión, lo cual se cuenta en su biografía como una virtud elogiable que lo hacía digno de la responsabilidad que detentaba (Futúh al-Buldán).

Fuente: Musulmanes Andaluces
Hezbolá, Hamas e Israel: Todo lo que necesitas saber. Un viaje peligroso al pasado distante de siete semanas

Cuando las redes de televisión ofrecen espacio ilimitado a los apólogos de Israel, estos propagan el mensaje de que ninguna nación, menos que cualquiera Israel, puede permitir bombardeos o incursiones armadas a través de sus fronteras sin tomar represalias.

Alexander Cockburn (Counterpunch - Rebelión - Kaos. Análisis de la Comunica) [24.07.2006 12:32]

La regla que domina este tsunami de sandeces es que se niega a los televidentes el menor acceso a todo contexto histórico, o sobre todo a cualquier cosa que haya ocurrido antes del 28 de junio, el día en el que apareció en los titulares la noticia de que Hamas capturó a un soldado israelí y mató a dos, seguida poco después por la de un ataque por una unidad de combatientes de Hezbolá.

Supuestamente, la memoria se detiene el 28 de junio de 2006.
Realicemos un breve viaje a la prehistoria. Hablo del 20 de junio de 2006, cuando aviones israelíes dispararon por lo menos un misil contra un coche en un intento de asesinato extrajudicial en una carretera entre Jabalya y la Ciudad de Gaza. El misil no dio en el blanco. Pero mató a tres niños palestinos e hirió a 15.
Y sigamos viaje al 13 de junio de 2006, cuando aviones israelíes dispararon misiles contra una camioneta en otro intento de asesinato extrajudicial. Las sucesivas andanadas mataron a nueve palestinos inocentes.

Ahora llegamos realmente a la Edad de las tinieblas, lejos, lejos, al 9 de junio de 2006, cuando Israel bombardeó una playa en Beit Lahiya matando a 8 civiles e hiriendo a 32.
Es sólo una breve excursión por la Calle del Recuerdo, y tropezamos con los cuerpos de veinte muertos y cuarenta y siete heridos, todos palestinos, la mayoría mujeres y niños.
Israel lo lamenta… ¡Pero no! Israel no lo lamenta en lo más mínimo. Casi siempre ni siquiera se preocupa de simular que lo lamenta. Dice: “Nos reservamos el derecho de masacrar palestinos cuando nos da la gana. Nos reservamos el derecho de asesinar a sus dirigentes, arrasar sus casas, robar su agua, desarraigar sus olivos, y cuando tratan de resistir los llamamos terroristas resueltos a arruinar el ‘proceso de paz’”.

Ahora Israel dice que quiere eliminar a Hezbolá. No quiere dañar al pueblo de Líbano, mientras no apoye a Hezbolá o se encuentre en algún sitio cercano a una persona o a una casa o a un coche o a un camión o a una ruta o a un autobús o a un campo, o a una central eléctrica que podría, según un comandante o un piloto israelí, tener algo que ver con Hezbolá. En todos esos casos todo vale. ¡Tanto peor para ti, o para tu esposa, o para tu madre, o para tu bebé!
Israel lo lamenta… ¡Pero no! Como dijimos, no lo lamenta en lo más mínimo. Tampoco George Bush, ni Condoleezza Rice, ni John Bolton, el salvaje moral que avergüenza a su país cada día en que lo representa como su embajador (no confirmado) en la o­nU , y que acaba de decir al mundo que un civil israelí muerto vale mucho más como afrenta moral que un libanés.
Ninguno de ellos lo lamenta. Dicen que Hezbolá es un cáncer en el cuerpo de Líbano. A veces, para extirpar el cáncer, terminas por destruir el cuerpo. O los cuerpos. Cuerpos de bebés. Muchos de ellos. Abre el sitio en la red http://fromisraeltolebanon.info/ y mira bien. Luego firma la petición en el sitio llamando a los gobiernos del mundo a detener la barbarie.
Se puede decir que Israel trajo a Hezbolá al mundo. También puede ser demostrado, aunque esto también exige otra aterradora excursión histórica.

Esta vez tenemos que ir lejos, casi inimaginablemente lejos, retroceder en la historia. Hasta 1982, antes de los dinosaurios, antes de CNN, antes de Fox TV, antes de O’Reilly y Limbaugh. Pero no antes de los neoconservadores que en aquel entonces ya habían salido arrastrándose del cieno primario y hacían exactamente lo que hacen ahora: aconsejar a un presidente de USA para que dé luz verde a Israel a fin de que “solucione sus problemas de seguridad” destruyendo a Líbano.

En 1982 Israel tenía un problema. Yasir Arafat, con su central en Beirut, se preparaba para anunciar que la OLP estaba dispuesta a sentarse con Israel e iniciar negociaciones pacíficas, de buena fe, hacia una solución de dos Estados.

Israel no deseaba una solución de dos Estados, que quería decir – si se tomaba en serio las resoluciones de la o­nU – un Estado palestino directamente al lado, con agua, con territorio continuo. Así que Israel decidió expulsar a la OLP de Líbano. Anunció que los combatientes palestinos habían roto el cese al fuego de un año lanzando algunos obuses al norte de Israel.
Los palestinos no habían hecho nada parecido. Lo recuerdo muy bien, porque Brian Urquhart, entonces secretario general adjunto de Naciones Unidas, a cargo de los observadores de la o­nU en la frontera norte de Israel, me invitó a su oficina en el 38 piso de la central de la o­nU en el centro de Manhattan y me mostró todos los informes al día de la zona. Durante más de un año no había habido bombardeos desde el norte de la frontera. Israel mentía.

Con o sin un pretexto, Israel quería invadir Líbano. Así lo hizo, y llegó a Beirut. Bombardeó ciudades y aldeas libanesas y las atacó desde el aire. Las fuerzas de Sharon mataron a unas 20.000 personas, y dejaron que los cristianos libaneses masacraran a cientos de refugiados palestinos en los campos de Sabra y Chatila.
La matanza llegó a tal punto que hasta Ronald Reagan despertó de su sopor y llamó a Tel Aviv para decir a Israel que se detuviera. Sharon mandó al diablo a la Casa Blanca y bombardeó Beirut a la hora precisa – 2,42 y 3,38 – en que se aprobaban dos resoluciones de la o­nU pidiendo una solución pacífica para el caso palestino.

Cuando pasó la tormenta y quedaron los escombros, Israel se instaló a varios kilómetros al interior del territorio soberano libanés, que ocupó ilegalmente durante años, desafiando todas las resoluciones de la o­nU, utilizando y dirigiendo a una brutal milicia local y con su propia versión de Abu Ghraib, el centro de torturas en la prisión de Al-Khiam.
Si ocupas un país, torturas a sus ciudadanos, terminas enfrentando a la resistencia. En el caso de Israel fue Hezbolá, y Hezbolá finalmente expulsó a Israel de Líbano, por lo cual muchos libaneses no ven a Hezbolá como terroristas sino como valerosos libertadores.

Los años pasan e Israel hace todo lo posible por destruir toda posibilidad de una solución viable de dos Estados. Construye asentamientos ilegales. Despedaza Palestina con carreteras sólo para judíos. Se apodera de toda el agua. Acordona Jerusalén. Roba aún más tierras bisecando el territorio palestino con su “cerca”. Todo el que trata de organizar la resistencia es encarcelado, torturado o hecho saltar por los aires.
Cansados de sus terribles sufrimientos, los palestinos eligieron a Hamas, cuyos dirigentes dejaron perfectamente claro que están dispuestos a negociar sobre la base de la solución de dos Estados que, por supuesto, es lo único que Israel no puede tolerar. Israel no quiere ninguna “solución pacífica” que dé a los palestinos algo más que unas pocas hectáreas arrasadas rodeadas de alambradas de púas y tanques, entre asentamientos israelíes cuyos matones pueden asesinarlos a discreción.

Así que aquí estamos, 24 años después de que Sharon hizo lo posible por destruir Líbano en 1982, y sus herederos vuelven a hacer lo mismo. Ya que no pueden tolerar la idea de una solución justa para los palestinos, es lo único que saben hacer: Llamar a Líbano un refugio del terror y bombardearlo hasta que vuelva a la edad de piedra. Llamar Gaza un refugio del terror y bombardear su central eléctrica, el primer paso en el viaje de regreso a la edad de piedra. Bombardear Damasco. Bombardear Teherán.
Evidentemente no podrán destruir a Hezbolá. Cada vez que matan a otra familia libanesa, multiplican el odio a Israel y el apoyo para Hezbolá. Han logrado unir al propio parlamento en Bagdad, que acaba de votar por unanimidad – suníes y chiíes y kurdos por igual – para deplorar la conducta de Israel y solicitar un cese al fuego.
Espero que estas pequeñas excursiones en la historia les hayan sido útiles, aunque la historia es peligrosa, por eso la prensa de USA prefiere mantenerse a distancia. Pero incluso sin el beneficio de una formación histórica, una mayoría de usamericanos dijo en un reciente sondeo instantáneo de CNN – aproximadamente un 55% de 800.000 hasta el mediodía del 19 de julio – dijo que no apoya lo que hace Israel.

El disgusto es una cosa, pero por lo menos a corto plazo no sirve para gran cosa El ataque de Israel a Líbano en 1982 se hizo impopular en USA después de los primeros días. Pero se requiere coraje político a fin de obligar a USA para que presione a Israel para que solucione el problema básico, y virtualmente ningún político de USA está dispuesto a rebelarse contra el lobby de Israel, no importa cuántas familias en Líbano y Gaza sean sacrificadas sobre el altar de semejante cobardía.

http://www.counterpunch.org/Cockburn07212006.html

Germán Leyens es miembro de los colectivos de Rebelión y Tlaxcala (www.tlaxcala.es), la red de traductores por la diversidad lingüística. Esta traducción es copyleft

http://www.kaosenlared.net/noticia.php?id_noticia=21298